La Comunidad indemnizará 30.000 euros a una paciente que perdió la visión de un ojo por un retraso en la operación

Actualizado: lunes, 19 mayo 2008 20:52

MADRID, 19 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid deberá indemnizar 30.000 euros a una paciente que perdió la visión del ojo izquierdo por un retraso "injustificado" del Hospital 12 de Octubre en someterla a una vitrectomía, una intervención quirúrgica que se practica sobre la retina, informó hoy la Asociación El Defensor del Paciente.

Así se desprende de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declara la responsabilidad patrimonial del Gobierno regional al determinar la existencia de "un claro nexo causal entre la pasividad del tratamiento quirúrgico y los daños sufridos" por la mujer, de 60 años.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso interpuesto por la afectada contra la negativa de la Comunidad de Madrid, de febrero de 2005, a abogar la indemnización reclamada. La paciente alegaba que la pérdida en la visión de su ojo izquierdo se debía al "evidente retraso" en la realización de la vitrectomía. Además, aseguraba que no autorizó la práctica de una tinción verde de indocranina, que le provocó una atrofia óptica.

Según la resolución, la mujer acudió el 20 de diciembre de 2011 al servicio de Oftalmología del 12 de Octubre, diagnosticándole en el ojo izquierdo un agujero macular. Los especialistas la recomendaron que se sometiera a una vitrectomía. Hasta el 26 de enero de 2004 no se la sometió a la operación, en la que le realizaron una tinción verde de indocranina.

Tras una revisión en la que todo parecía haber ido bien, el 26 de febrero de 2004 se le diagnosticó "una atrofia óptica causada por la toxicidad, posiblemente en relación con la utilización de verde de idocranina".

Los magistrados subrayan que la demora en la intervención "tuvo una influencia negativa" en la paciente, aludiendo al informe realizado por la inspección Médica del hospital madrileño. "Entre la decisión médica de practicar la vitrectomía y la efectiva realización de la intervención transcurrieron más de dos años lo que a todas luces es un periodo excesivo y constituye un retraso injustificado", concluye el fallo.