Condenan al SERMAS a indemnizar con 150.000€ a la familia de un paciente fallecido por diagnóstico tardío en un cáncer

Tribunal Superior de Justicia de Madrid
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: martes, 26 junio 2018 11:24

MADRID, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio Madrileña de Salud (SERMAS) a indemnizar con 150.000 euros a la viuda y a la hija de un paciente que falleció y al que se le diagnosticó de forma tardía un cáncer de laringe.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sección décima del TSJM estima parcialmente el recurso interpuesto por la familia, tramitado por la asociación 'El Defensor del Paciente', a la desestimación del recurso de responsabilidad patrimonial presentado en inicio para reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

"Procede declarar, por tanto, la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración demandada pues con ocasión de la asistencia sanitaria prestada se han producido unos daños y perjuicios, en concreto la pérdida de oportunidad referida, que las recurrentes no tienen el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley", recoge el fallo del TSJM.

En este sentido, expone la doctrina de que el "retraso" en el diagnóstico ha conllevado "un retraso en el inicio del tratamiento adecuado, pero sobre todo implica un cambio en el pronóstico del paciente, que puede pasar de presentar una enfermedad en estadio curable en la mayoría de los casos a una enfermedad en estadio avanzado, con escasa posibilidades de curación (en los pocos casos en los que se consigue la curación, es a expensas de una importante toxicidad secundaria)".

En su recurso, la asociación 'El Defensor del Paciente' explica que al fallecido no se le realizaron las pruebas diagnósticas "oportunas", en concreto una biopsia tras haber presentado un carcinoma en el año 2005.

La familia alegó que se había producido un funcionamiento "anormal" de los servicios médicos del Hospital Universitario Ramón y Cajal y en el centro de salud al que acudía el fallecido, un varón de 49 años de edad.

"Todas las revisiones anuales fueron normales hasta el año 2008 donde los facultativos comprobaron que existía una formación polipoidea en el seno maxilar derecho, motivo por el cual le citaron semestralmente durante los años 2009, 2010 y 2011", expone el recurso.

En el año 2012 se le realizó un estudio "incompleto" de su patología y en fecha 25 de febrero de 2013 se apreció en el TAC una nueva tumoración remitiendo al paciente al Servicio de ORL, los cuales mediante una fibroscopia determinaron que no existía recidiva alguna, citando al mismo para un año después.

En el mes de septiembre de 2013 acudió a su centro de salud indicando obstrucción nasal, dolor y sensación extraña en cabeza y cuello, así como olor fétido que emanaba de nariz y boca, prescribiéndole tratamiento médico con el que estuvo durante los tres meses siguientes. A pesar de continuar asistiendo a su centro de salud por la misma sintomatología "jamás le derivaron al centro de especialidades", expone la asociación.

En fecha 3 de marzo de 2014, en la revisión anual, se apreció en el TAC un pólipo, según el facultativo, el cual insistió en dicho diagnóstico hasta el mes de julio de 2014, fecha en la que decidieron realizarle una biopsia la cual arrojó que presentaba un carcinoma nasofaríngeo indiferenciado en estadio VI-B, que ya no se pudo intervenir quirúrgicamente, falleciendo el paciente en fecha 29 de agosto de 2014.

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