Defensor del Pueblo alerta de falta de información "clara" y "adecuada" en procedimientos de suspensión de RMI

 El Defensor Del Pueblo En Funciones, Francisco Fernández Marugán.
DEFENSOR DEL PUEBLO - Archivo
Actualizado: lunes, 25 febrero 2019 14:15

"Su suspensión cautelar sin abono posterior de atrasos priva al afectado de los recursos mínimos para la vida diaria", lamenta

MADRID, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo, a raíz de unas quejas vecinales, ha alertado de que la Consejería de Políticas Sociales y Familia no traslada una información "clara" y "adecuada" para que el ciudadano conozca con certeza por qué no cumple los requisitos para acceder a la Renta Mínima de Inserción.

Según ha informado la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) en un comunicado, en mayo de 2018 diversas entidades sociales madrileñas denunciaron ante el Defensor del Pueblo la ejecución "irregular" por parte de la Comunidad de Madrid de suspensiones cautelares y temporales de RMI.

El Defensor del Pueblo, mediante una carta a la que ha tenido acceso Europa Press, expone a estos vecinos que no comparte el criterio de la Consejería, ya que, a raíz de las quejas presentadas, constatan que "en numerosas resoluciones dictadas en esa comunidad autónoma es difícil que el ciudadano pueda saber con certeza por qué no cumple los requisitos para acceder a la renta mínima de inserción y se trata de resoluciones modelo en las que de forma genérica se comunica la suspensión de la prestación".

"Las resoluciones de suspensión suele indicar, con carácter general, que se han producido variaciones en las circunstancias que motivaron en la concesión de la prestación sin aclarar realmente cuáles dejando a los beneficiarios en situación de indefensión", ha señalado.

Asimismo, el Defensor ha reconocido que "se desconoce si existe algún caso en el que la Administración haya realizado el obligado trámite de audiencia previa a la suspensión temporal de una prestación de Renta Mínima de Inserción", y que parece que "se prescinde de él, impidiendo que la persona afectada pueda presentar alegaciones en su defensa".

Además, en cuanto al pago de las cantidades dejadas de percibir, el Defensor no duda de la corrección de la actuación administrativa en este punto, pero ha destacado que el problema "radica en que para realizar esta comprobación se suspende la concesión de la prestación durante meses", hasta que se confirma que el beneficiario tiene derecho a la misma.

"MEDIDAS PARA EVITAR ESTAS SITUACIONES"

"Durante ese periodo de tiempo deja de recibir la RMI y con posterioridad si se confirma su derecho a percibir la prestación porque sí reunía los requisitos no se produce el reintegro automático de las cantidades dejadas de percibir y creen que este proceder perjudica gravemente a los ciudadanos beneficiarios que se encuentran en situación de precariedad económica y en riesgo de exclusión social. Su suspensión cautelar sin abono posterior de atrasos priva al afectado de los recursos mínimos para la vida diaria lo que desvirtúa la razón por la que se le otorgó", ha sostenido.

En este punto, el Defensor del Pueblo ha recomendado a la Consejería que modifique el artículo 37.4 del Decreto 126/2014 por el que se aprueba el Reglamento de RMI en la Comunidad de Madrid, de tal forma que si una vez suspendida cautelarmente la prestación se comprueba que el titular cumplía los requisitos para su percepción, se proceda al abono de atrasos desde la fecha de efectos de la suspensión cautelar.

Por último, ha expresado la necesidad de adoptar medidas que "eviten situaciones" como las denunciadas por las entidades sociales en las que, a pesar de que los interesados acreditaban haber solicitado una prestación ante el SEPE y que esta había sido denegada, "se mantenía la suspensión de no cumplir el requisito de subsidiariedad".

Para la FRAVM, este comunicado del Defensor del Pueblo "confirma así irregularidades en los procedimientos de suspensión de RMI en Madrid". No obstante, han asegurado que los colectivos denunciantes, agrupados en torno a 'RMI Tu Derecho', están preparando una nueva queja ante el Defensor del Pueblo, para señalar "otras situaciones en las que se dan vulneración de derechos familias monomarentales, personas migrantes, no reconocimiento de los cambios de domicilio, fiscalización de situaciones económicas ya documentadas".

RESOLUCIONES MOTIVADAS CON "FUNDAMENTOS DE DERECHO", DICE LA COMUNIDAD

Fuentes de la Consejería de Políticas Sociales y Familia han asegurado a Europa Press que todas las resoluciones adoptadas por la Dirección General "son debidamente motivadas con referencia de hechos y fundamentos de derecho".

Asimismo, han expuesto que casi el 50 por ciento de las suspensiones de 2018 fue "por encontrar un empleo" y el 30 por ciento aproximadamente "fue por no aportar documentación, previo trámite de audiencia".

La Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social remitió más de 261.000 notificaciones a los solicitantes y perceptores de renta mínima de inserción, "entre ellos notificaciones de resoluciones, requerimientos de documentación y trámites de audiencia".

"Con estas 261.000 notificaciones se demuestra la voluntad del Gobierno regional de no llegar a la suspensión de la prestación de renta mínima", han señalado estas mismas fuentes.

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