El Defensor del Pueblo critica los "graves inconvenientes" que acarrea a veces construir los centros docentes por fases

Imagen de un colegio en obras
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: domingo, 1 abril 2018 12:30

MADRID, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo ha manifestado a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid sus "reservas" respecto al modelo de construcción de equipamientos educativos por fases, al entender que este sistema genera "graves inconvenientes" a las comunidades educativas.

En este sentido, expone que la ejecución de algunas fases, "con más frecuencia de la deseable", contempla su realización en períodos lectivos y "pospone a las últimas etapas la construcción de espacios de uso común" sin los que, en consecuencia, deben funcionar los centros durante varios cursos.

Así lo relata la institución en el informe sobre la actividad del Defensor del Pueblo llevada a cabo el año pasado y en relación al caso de un centro educativo de Getafe (en referencia al CEIP Miguel de Cervantes), donde se había planteado la queja de que la ejecución de las fases coincidía con el curso ya en marcha y que tras cuatro años no se habían construido de determinadas instalaciones, lo que mermaba la "calidad" de la docencia.

El Defensor del Pueblo explica que la normativa reguladora de los requisitos mínimos de colegios e institutos detalla que tienen que reunir las condiciones necesarias para "garantizar la impartición de las enseñanzas que tengan implantadas con la necesaria calidad".

En el caso de este centro, se criticaba que desde 2013 las actividades escolares coincidían con el desarrollo de obras que "generan numerosas incomodidades a alumnos y profesores y alteran el funcionamiento del centro".

En relación con ello, la Consejería ha manifestado que la planificación de las infraestructuras necesarias para la atención de las necesidades de escolarización se realiza "atendiendo a las necesidades de plazas educativas y a la optimización responsable de los recursos públicos".

De este modo, señala que las infraestructuras "se planifican a fin de atender las necesidades de escolarización que se producen en toda la comunidad autónoma, evitando la construcción de aquellas que se quedarían sin utilizar durante varios cursos".

Finalmente, expone que en el curso 2017-2018 está prevista la construcción de una última fase, con la que se finalizará el proceso de dotación al colegio de las instalaciones propias de un centro de línea 2.

Educación concluye en su informe remitido al Defensor del Pueblo que, si bien en determinados momentos se ha necesitado realizar obras en período lectivo para la finalización de determinados espacios, esta situación se ha planificado de manera que "se desarrollen de forma separada de los edificios en los que se llevan a cabo las actividades educativas, intentando interferir lo menos posible en las mismas y con todas las garantías de seguridad".

QUEJA POR DENEGACIÓN DE UNA PLAZA A UNA ALUMNA CON DISCAPACIDAD

Por otro lado, también se recibió una queja por parte de la madre de una alumna con una enfermedad que afecta a su movilidad y capacidad de comunicación, que cuestionaba la decisión de la administración de denegar su solicitud de escolarización en dos centros de Torrejón.

Según la interesada, la decisión denegatoria se fundamentó en que ninguno de los centros docentes disponía de plazas vacantes, al haberse asignado ya a solicitantes con "mejor derecho" todas las plazas reservadas a alumnos con necesidades educativas especiales, "sin tomar en consideración el hecho de que en ambos centros existían unidades que disponían de plazas ordinarias vacantes."

"En el caso planteado, la administración educativa ha llevado a cabo una actuación que cabe entender respetuosa con los derechos constitucionales de la menor y con los principios fundamentales de la citada convención, ya que en ningún momento se ha negado a la alumna su escolarización en un centro de educación ordinaria con los apoyos necesarios para su integración en el sistema educativo", expone.

La hija está escolarizada en un centro preferente de motóricos, que cuenta con los mismos recursos que los colegios solicitados y dispone del apoyo extra de un DUE.

Educación, según lo transmitido al Defensor del Pueblo, ha tomado como punto de partida "los preceptos constitucionales para definir el derecho a la educación de las personas con discapacidad, definiendo su derecho a recibir un tratamiento no discriminatorio por razón de sus circunstancias o condiciones personales y la obligación de los poderes públicos de realizar políticas de integración de las personas con discapacidad".

Insiste la Consejería que la asignación de plaza a alumnos con discapacidad debe ser el resultado del ejercicio de las facultades "cuya libre elección de centro corresponde a sus padres o tutores, en iguales términos que a los del resto de los alumnos, y ha de producirse en el ámbito de los mismos procedimientos, y aplicando criterios idénticos a los que se tienen en cuenta para decidir la adjudicación de puestos escolares al resto de los alumnos".

"No puede estimarse acorde con el citado principio de igualdad en el acceso a la educación que predica la convención la denegación de plaza en los dos centros docentes solicitados por estar cubierto el cupo de puestos escolares reservados a alumnos con minusvalía, que, por el contrario, debió resolverse en sentido positivo, asignándose a la alumna alguna de las plazas ordinarias libres existentes en los citados centros cuyas aulas no alcanzaban, al parecer, el número máximo de alumnos establecido en la normativa vigente", reprocha el Defensor del Pueblo.

Por ello, esta institución ha sugerido a la Administración educativa madrileña que estudie de nuevo "la fundamentación de la decisión de asignar la plaza a su hija en un nuevo centro docente, adoptando la nueva resolución que se considere procedente, de acuerdo con la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad".

Leer más acerca de: