El Defensor del Pueblo pide que se cumpla el plan de minimización de olores de la planta de Valdemingómez

Imagen de recurso de un camión de basura del Ayuntamiento de Madrid a las puertas del Parque Tecnológico de Valdemingómez.
Imagen de recurso de un camión de basura del Ayuntamiento de Madrid a las puertas del Parque Tecnológico de Valdemingómez. - Óscar J.Barroso - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 25 mayo 2020 18:18

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo ha solicitado al Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid que modifiquen la autorización ambiental integrada del vertedero de Las Dehesas de la planta de tratamiento de Valdemingómez y que todas sus instalaciones "adopten las medidas correspondientes para el cumplimiento del plan de minimización de olores, de acuerdo con la redacción actual de las autorizaciones emitidas".

La Institución lleva años recibiendo quejas de los ciudadanos por los olores provenientes de este parque tecnológico. Allí se ubican varias instalaciones de tratamiento de residuos, entre ellas vertederos, plantas de compostaje y biometanización, y una planta de tratamiento de biogás. Iniciaron actuaciones tanto con el Ayuntamiento, titular de las instalaciones, como con la Comunidad de Madrid, administración competente para ejercer los controles ambientales de las distintas instalaciones del parque.

Las instalaciones se explotan por distintas empresas o UTE mediante contratos de gestión de servicios públicos con el Ayuntamiento. Uno de los factores clave es el estudio de olores realizado por una empresa especializada, tras un encargo realizado por la Junta de Compensación de Valdecarros y el Consistorio. Este estudio se realizó a partir de unas mediciones olfatométricas en 2015, aunque la fecha de publicación del estudio es de 2017.

Se trata de un estudio exhaustivo sobre los focos de olor de las distintas instalaciones del parque. Su resultado fue que las dos principales fuentes de olor del citado parque son el vertedero de Las Dehesas y la Planta de Tratamiento de Biogás (PTB) por este orden.

La Consejería de Medio Ambiente respondió que el vertedero contaba con una autorización ambiental integrada de febrero de 2017. En dicha autorización se prevé la realización de un plan de minimización de olores y se dispone que, una vez realizado el estudio de olores y el plan de acción resultante, se analizará la posibilidad de incluir estas medidas en el plan.

Con respecto a la PTB, en marzo de 2012 la entonces directora general de evaluación ambiental dictó una resolución por la que no se consideraba necesario someter el proyecto de la PTB a ningún procedimiento de los regulados en la Ley 2/2002 de evaluación ambiental de la Comunidad. Hasta 2018 la instalación funcionó sin autorización de emisiones a la atmósfera.

La Consejería de Medio Ambiente informó de que tuvo en consideración la alegación del titular de la autorización del vertedero de Las Dehesas, debido a la antigüedad de las instalaciones y su complejidad, de ahí que la redacción de este apartado sea diferente respecto a las autorización ambiental de las otras instalaciones.

Respecto a la solicitud al explotador de incorporación de las medidas en el plan de minimización, una vez obtenida la pertinente documentación de la Dirección General del PTV, su finalidad era la coordinación con el Ayuntamiento en relación con la ejecución de las medidas.

Por otra parte, en junio de 2018 se emitió resolución de la Dirección General del Medio Ambiente por la que se otorga la autorización de emisiones a la atmósfera para la PTB. El Defensor no tiene constancia de que se haya realizado ningún control relativo a los posibles olores generados por la planta en cuestión y no consideró procedente iniciar un expediente sancionador.

Por su parte, el Ayuntamiento informó de que los costes causados por las medidas de minimización de los olores producidos por la actividad deberían ser asumidos por la Corporación municipal como titular de la competencia del tratamiento de los residuos sólidos, salvo las medidas que suponen cambios en la operatividad de los procesos. Afirma, además, que no ha sido posible la aplicación de cláusulas de penalización por ejecución defectuosa, a juicio de los servicios técnicos municipales.

El Defensor consideró que, respecto a la PTB, al menos desde los estudios olfatométricos realizados por el Ayuntamiento y la Junta de Compensación de Valdecarros "hay evidencias objetivas de un impacto en el medio ambiente que no fue considerado en la resolución del 2012 citada, cual es el de la emisión de olores".

En este punto trae a colación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 21/2013, que regula la modificación de las condiciones de la declaración de impacto ambiental. Establece que las condiciones de la declaración de impacto ambiental podrán modificarse cuando durante el seguimiento del cumplimiento de la declaración se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son insuficientes, innecesarias o ineficaces (apartado c). Este artículo es aplicable a este caso y en la citada resolución no se tuvieron en cuenta los impactos por la producción de olores, "que el tiempo ha demostrado ser significativos, en especial en el caso del vertedero de Las Dehesas y en la PTB".

"Los estudios olfatométricos así lo demuestran, como demuestran la insuficiencia de las medidas preventivas contenidas en la resolución. Además, en las condiciones de la resolución se indica que, si se llevara a cabo algún cambio, modificación o ampliación del proyecto que pueda tener repercusiones significativas sobre el medio ambiente, se requerirá una nueva evaluación caso por caso. En este sentido, el funcionamiento de la instalación se encontraba incluido dentro del proyecto, sin que se evaluara el impacto de los olores, que ha resultado ser muy significativo", señala.

Por todo ello, el Defensor del Pueblo pide revisar la resolución de mayo de 2012, sometiendo la instalación en cuestión a un procedimiento de evaluación ambiental, ya sea ordinaria, ya sea simplificada. Respecto de la autorización de emisiones a la atmósfera de la PTB, se remite al escrito dirigido a esa misma Administración el 5 de octubre de 2018, en cuanto a la obligación de contar con la autorización en la fecha establecida en la legislación vigente.

LAS DEHESAS

Con respecto a la AAI del vertedero de Las Dehesas, "una alusión genérica a la antigüedad de la planta y a la complejidad de las instalaciones no es motivación suficiente para eludir el cumplimiento de las obligaciones que impone la legislación". Por otra parte, el dejar a la decisión del explotador si aplica o no las medidas de reducción de olores "vulnera la ley, y por lo tanto la autorización debe modificarse en concordancia con las restantes autorizaciones emitidas respecto de otras instalaciones existentes en el PTV", apunta el Defensor.

Y, respecto a la solicitud específica a los titulares de las autorización ambiental de las distintas instalaciones del parque, la posible complejidad de la relación contractual del explotador con el ayuntamiento "no es motivo suficiente para hacer depender el cumplimiento de la normativa ambiental de la voluntad de los explotadores".

Respecto de la respuesta municipal, el propio Ayuntamiento reconoció que no ha sido posible aplicar las cláusulas de penalización contenidas en el pliego, ya que se requiere la acreditación de la existencia de una ejecución defectuosa por parte del contratista y que tal ejecución se regule como tal en el conjunto de incumplimientos contemplado en el pliego, lo que no sucede en este caso. Además, señala que el Consistorio en cuanto administración prestadora del servicio, tiene una obligación general de velar porque los explotadores cumplan la normativa ambiental.

Por todo lo anterior, el Defensor sugiere realizar una inspección de la PTB y revisar la resolución de mayo de 2012, sometiendo la PTB al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos. También que se modifique la autorización ambiental integrada relativa al vertedero de Las Dehesas, haciendo obligatoria la implantación de las medidas del plan de minimización de olores y se solicite a los titulares de las autorizaciones del resto de las instalaciones de Valdemingómez que adopten las medidas correspondientes para el cumplimiento de dicho plan.

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