Eurovegas pasa de poder reducirse 9.000 ? por empleado a una bonificación en la base imponible de la tasa de actividad

Actualizado: martes, 18 diciembre 2012 21:21

MADRID, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

Los casinos de juego integrados en los Centros Integrados de Desarrollo (CID), entre los que se encuentra Eurovegas, podrán aplicarse como bonificación por creación y mantenimiento de empleo la cantidad que resulte de aplicar la base imponible de la tasa aplicada a la actividad del casino un tipo del 0,1 por ciento por cada cien trabajadores que integren la plantilla media en cada periodo.

Así lo recoge una enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular a la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid para 2013 y que modifica el artículo 1 de dicha normativa, que en su redacción anterior señalaba que este tipo de casinos podrían aplicarse una bonificación anual de 9.000 euros por cada trabajador que integrara la plantilla media en cada periodos.

Ahora, la base imponible de la tasa de los casinos estará constituida por el importe de los ingresos brutos que los casinos obtengan procedentes del juego. En el supuesto de casinos cuya actividad incluya bingo, bingo electrónico, cualquier máquina electrónica o juegos telemáticos o por Internet, el importe de los ingresos derivados de dichos juegos, descontada la cantidad dedicada a premios, formará parte de la base imponible de la tasa referida a la actividad del casino.

DESARROLLO DE LA COMISIÓN DE CONTROL DE JUEGO

Otra de las enmiendas importantes modifica el artículo 6 de la Ley citada anteriormente, que ahora desarrolla la Comisión del Control del Juego, cuya finalidad es dictar aquellas disposiciones que resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de las normas contenidas en la legislación sobre el juego y velar por su cumplimiento.

Sus funciones serán la aprobación del desarrollo de la regulación básica de los juegos autorizados, la aprobación de propuestas de inclusión de nuevos juegos y modificaciones en su regulación en los catálogos de juegos, el acuerdo de resoluciones e instrucciones de carácter general relativas a cualquier actividad de juego autorizada en los Centros Integrados de Desarrollo, la homologación del material de juego, la gestión y tramitación de las autorizaciones en materia de juego, entre otras materias.

Además, según la nueva redacción del texto, las autorizaciones del juego podrán ser revocadas por la Comisión de Control del Juego mediante resolución dictada al efecto en el caso de pérdida de las condiciones sustanciales exigidas al titular para la autorización de actividades de juego en el momento de solicitarse o de aquellas a las que estuvieran sometidas en su desarrollo o por el incumplimiento de las obligaciones tributarias en materia de juego de la Comunidad, calificado como delito mediante sentencia firme.

Igualmente, las autorizaciones de juego se extinguirán por renuncia expresa del titular de la autorización manifestada por escrito ante la Comisión de Control de Juego, por el transcurso de su periodo de vigencia siempre que no proceda su renovación.

Otra de las enmiendas del Grupo Popular, concretamente la número 13, alude al requerimiento previo de obtención de una autorización administrativa otorgada mediante concurso público por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Se incluye en dicho artículo que si fuera necesario, de acuerdo con la legislación aplicable, las ofertas presentadas deberán incluir un documento indicativo de la ordenación del Proyecto de Alcance Regional y un estado de incidencia ambiental previo para la emisión del informe de análisis ambiental previo por la Consejería de Medio Ambiente. La emisión de dicho informe deberá ir precedida por un periodo de consulta durante el plazo de un mes a las administraciones públicas afectadas, y en su caso, a las personas interesadas.

Por su parte, la enmienda número 15 fija que las limitaciones establecidas por la legislación de Suelo de la Comunidad relativas al régimen de alturas permitidas --tres plantas más ático como norma general-- no serán de aplicación a las edificaciones del Centro Integrado de Desarrollo.

Además, la enmienda número 18 del Grupo Parlamentaria Popular en la Asamblea de Madrid incluye como causas de caducidad de la autorización de los Centros Integrados de Desarrollo la no puesta en funcionamiento de, al menos, el 30 por ciento de las instalaciones que a estos efectos se señalen en el Proyecto de Alcance Regional, que representen un mínimo del 25 por ciento de la inversión comprometida dentro de los plazos previstos en el programa de implantación, salvo que se hubiera otorgado prórroga de los mismos.