Garrido envió al CGPJ hasta 52 documentos del Canal para que se pronunciara sobre si se podían enviar a la comisión

Consejo General del Poder Judicial
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 31 enero 2018 12:22

En este listado se incluían las actas de los consejos de administración del Canal Isabel II, Canal Gestión y Canal Extensia entre 2007 y 2015 y a las actas de reuniones de la Junta Directiva de INASSA de 2013

MADRID, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

El consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, solicitó por carta el pasado 3 de enero al presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, que resolviera si el Gobierno regional "debe facilitar" la documentación requerida por la Comisión de Investigación de corrupción política de la Asamblea de Madrid o "si por el contrario ese deber queda condicionado a la apertura del juicio oral en tanto en cuanto podría afectar a derechos y principios de rango constitucional".

   La carta de Garrido, a la que ha tenido acceso Europa Press, incluye un anexo con la relación de los 52 documentos sobre los que se pide ese pronunciamiento, entre ellos las actas de los consejos de administración del Canal Isabel II, Canal Gestión y Canal Extensia entre 2007 y 2015; actas de reuniones de la Junta Directiva de INASSA de 2013, contratos, informes jurídicos y de valoración, propuestas de adquisición, inscripciones en registros, órdenes de pago y transferencias, acuerdos de accionistas, escrituras de constitución y certificados.

   En la misiva, Garrido traslada al presidente del Consejo General del Poder Judicial el informe de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid de fecha 26 de diciembre de 2017 sobre la remisión de documentación relacionada con Canal Isabel II a la Comisión de Investigación, en el que, como indica, recoge en su conclusión primera que la remisión de la documentación obrante en un sumario sometido a la reserva prevista en el artículo 301 de le Ley de Enjuiciamiento Criminal queda "condicionada a la previa ponderación del órgano jurisdiccional que instruye la causa".

   Asimismo, en su segunda conclusión establece que dicha solicitud ha de trasladarse al órgano instructor, por conducto del Consejo General del Poder Judicial.

   Ese informe de la Abogacía General se refería, a su vez, a la petición de Informe, cursada por la Dirección General de Relaciones con la Asamblea de Madrid, por la que solicitó criterio jurídico sobre "si la apertura del secreto del sumario decretada por el juez instructor afecta al deber del Consejo de Gobierno de facilitar la información solicitada o si por el contrario, ese deber queda condicionado a que se decrete la apertura del juicio oral".

   "Así pues, debe insistirse que a quien corresponde ponderar las circunstancias concurrentes, a fin de discernir si la entrega de la documentación solicitada puede perjudicar el curso de las investigaciones o los derechos de defensa de las partes, o incluso el derecho al honor e intimidad de los sujetos investigados, es al órgano judicial que se encarga de dicha instrucción. Cualquier otra solución supondría trasladar una facultad a un órgano que carece del conocimiento necesario para realizar tal ponderación, amén de que devendría en una inaceptable intromisión en la independencia del Poder Judicial consagrada constitucionalmente", recoge el informe de la Abogacía de la Comunidad de Madrid.

"NO HA LUGAR LA ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN A LA COMISIÓN"

   Tras recibir el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, la correspondiente solicitud a través del Consejo General de Poder Judicial, este órgano judicial concluyó mediante un auto que "no ha lugar a la entrega de la documentación requerida por la Comisión de Investigación de corrupción política de la Asamblea de Madrid, relativa a este procedimiento judicial", refiriéndose al caso Lezo.

   Este auto es posterior a una primera providencia del pasado verano que sí permitía el facilitar esta documentación y que provocó la polémica con la entrega de las actas, que ha llevado a la presidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, a tener que comparecer en esta comisión el próximo viernes, 2 de febrero.

   En este caso, el juez dio traslado de este escrito a la Fiscalía Anticorrupción, que emitió un informe "considerando que no resulta procedente entregar la documentación solicitada" y, además, acude al reglamento de la comisión de investigación para "comprobar si, entre sus facultades, se encuentra la de recabar de los juzgados y tribunales documentos obrantes en procedimientos sub iúdice".

   Tras analizar la normativa, el auto expone que se "evidencia claramente que la facultad de recabar información y documentación que se concede a los integrantes de cualquier comisión de investigación que se constituya en la Asamblea de Madrid se circunscribe a la que precise del Gobierno y de la Administración".

   Y todo ello "sin que en ningún momento se les faculte para recabar información o documentación al Poder judicial sobre procedimientos que, como ocurre en estas diligencias previas, se están conociendo por los jueces y tribunales".

   De hecho, añade que esta es la referencia que la normativa contempla para poder trasvasar información al Ministerio Fiscal, "de carácter unidireccional", pues "únicamente ampara la posibilidad de remitir la información recabada por la comisión y plasmada en sus conclusiones al Ministerio Fiscal para el ejercicio de las acciones que correspondan".

   En la misma línea, el juez abunda en la Ley de Enjuiciamiento criminal para señalar que aunque haya juicio oral y "sean públicos todos los actos del proceso", esto no implica la publicidad y entrega de documentos de dicho proceso. Además, añade que las actuaciones judiciales "no son documentos" y que "basta para ello comprobar su regulación en las leyes procesales sobre el lugar de celebración, plazos, tiempos...".

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