González Panero será juzgado hoy por prevaricación en el nombramiento de un conserje

Actualizado: viernes, 8 enero 2010 6:39

El ex alcalde se enfrenta a dos años de inhabilitación para empleo o cargo público

MADRID, 8 Ene. (EUROPA PRESS) -

El ex alcalde de Boadilla del Monte Arturo González Panero se sentará hoy, 8 de enero, en el banquillo de los acusados del Juzgado de lo Penal número 1 de Móstoles por un delito de prevaricación que habría cometido en 2001 en el nombramiento de un conserje interino para la Escuela Municipal de Música.

La Fiscalía reclama para el ex alcalde y el conserje dos años de inhabilitación para empleo o cargo público y una multa consistente en una cuota de 12 euros diarios durante 8 meses. Por su parte, el PSOE reclama siete años de inhabilitación y multa de 20 euros diarios durante ocho meses.

En su condición de alcalde, González Panero nombró a Raúl de Diego conserje interino saltándose supuestamente la normativa vigente, siendo advertido de la ilegalidad del nombramiento. Ante esto, el Grupo Municipal Socialista interpuso en 2002 una denuncia ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Móstoles.

En el escrito, el PSOE expuso que el 15 de octubre de 2001, con el fin de cubrir "una pretendida urgencia" en el puesto de conserje de la Escuela Municipal de Música dependiente del Patronato de Cultura, el gerente se interesó en el INEM por Raúl de Diego, cuya familia mantiene una estrecha amistad con el ex regidor, para la cobertura del citado puesto alegando que reunía los requisitos necesarios para ello. Raúl de Diego se dio de alta en el INEM ese mismo día.

Quince días después se produce una modificación en la afiliación a la seguridad social pasando a figurar como funcionario interino al servicio de dicho organismo. González Panero en su condición de alcalde, mediante decreto, nombró a Raúl de Diego conserje interino.

El PSOE acusó al alcalde de quebrantar la normativa vigente en materia de selección de personal al servicio de las Administraciones locales. El nombramiento debía ir precedido de la pertinente convocatoria pública y, después de su elección, no se aprobó oferta de empleo público del Ayuntamiento o del Patronato en la que se incluyera el puesto de trabajo de conserje.