Higueras retira del borrador del reglamento de la EMVS la mención a "okupación" porque no es "sistema válido de acceso"

Marta Higueras, alcaldesa de Madrid en funciones
EUROPA PRESS
Publicado: martes, 24 julio 2018 12:02

La modificación de ese punto del reglamento se hace acorde a las propuestas de las entidades especializadas, no por "oscurantismo" de la Junta de Gobierno, dice Higueras

MADRID, 24 Jul. (EUROPA PRESS) -

La delegada de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid, Marta Higueras, también presidenta de la EMVS, ha explicado que se ha retirado del borrador del nuevo reglamento de adjudicación cualquier referencia a la okupación dado que "no es un sistema válido" a las viviendas de la empresa pública.

En el Pleno de Cibeles ha contestado al PP que la cláusula relativa a la okupación desaparece como "resultado del trabajo durante meses con asociaciones y entidades conocedoras de la vivienda", comisiones en las que el PP "no ha querido participar". La modificación de ese punto del reglamento se hace acorde a las entidades especializadas, no por "oscurantismo" de la Junta de Gobierno, como ha insinuado el PP.

El edil del PP Orlando Chacón ha reclamado a la alcaldesa, Manuela Carmena, que se posicione sobre la okupación "si va a ser la candidata de Podemos o del PSOE". El concejal ha acusado al Gobierno municipal de tener la misma credibilidad que "un papel mojado" y de caer en la demagogia. "Les va ese rollito vergonzoso de la okupación", ha lanzado a Ahora Madrid.

También ha criticado al PSOE. "Primero ocupan la Moncloa y aquí fomentan la okupación", ha lanzado. Tras escucharle, la socialista Purificación Causapié ha exigido al PP que "estudien la Constitución" antes de caer en ese "insulto" para un país azotado durante años por una dictadura.

VÍCTIMAS DE VIOLENCIA MACHISTA

En el borrador del nuevo reglamento para la adjudicación de las viviendas gestionadas por la EMVS incluye por primera vez soluciones tanto para los hijos e hijas de las víctimas de violencia machista como para sus progenitores siempre que en el momento de su muerte o desaparición convivieran con ella.

Es una de las novedades del reglamento cuyo proyecto inicial ha pasado por Junta de Gobierno. También se incluyen soluciones para los familiares en línea recta o colateral dentro del tercer grado que se encontraran bajo su guarda y para las personas sujetas a su tutela o que se encontrasen bajo su acogimiento familiar, siempre que convivieran con la víctima de violencia machista desde un año antes a su muerte o desaparición.

En el texto se considera víctima indirecta a la persona que ostente la guarda y custodia de menores huérfanos cuyas madres hayan sido víctimas de violencia de género.

El reglamento que ha pasado de manera inicial por la Junta de Gobierno refuerza el acceso prioritario a una vivienda mediante un alquiler "estable y de calidad", según informan fuentes de la EMVS a Europa Press.

Con él se continúa con el modelo de Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda como mecanismo para que la ciudadanía pueda inscribirse y participar en los diferentes procesos de adjudicación de vivienda pública que se produzcan.

NUEVO SISTEMA DE ADJUDICACIÓN

Como novedad destaca la creación de un nuevo sistema de adjudicación que permite la total adecuación entre la oferta de viviendas y los adjudicatarios de las mismas para favorecer la plena integración de los residentes, con unos procedimientos de gestión que garanticen la adecuada atención a las distintas tipologías sociales relacionadas con el acceso a la vivienda.

Otra de las novedades que introduce el texto son las condiciones contractuales que regirán las relaciones entre la EMVS y sus adjudicatarios, "lo que favorece la transparencia y seguridad al fijar unas rentas adecuadas al nivel de esfuerzo de cada familia, garantizando la permanencia y las prórrogas a determinar por la parte adjudicataria. También se incorpora un compromiso social común como decálogo de derechos y obligaciones entre las partes".

La EMVS considera grupos de demanda a las personas en situación de vulnerabilidad habitacional, los menores de 35 años, los mayores de 65 , las familias monoparentales, las familias numerosas, las personas con discapacidad, las víctimas directas o indirectas de violencia de género, trata y/o explotación sexual y la demanda general.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Para cada una de las ofertas aprobadas por el consejo de administración de la EMVS se seleccionará de entre todos las solicitudes válidamente inscritas en el registro teniendo en cuenta los grupos y subgrupos de demanda, la tipología de las viviendas ofertadas y el distrito municipal en el que se localizan.

A continuación, y mediante un nuevo procedimiento informático, a cada una de las viviendas que componen la oferta se les asignará un número de orden: el número de personas será igual al triple de viviendas ofertadas resultando, por lo tanto, un seleccionado y dos reservas por cada vivienda. Así se gana en agilidad en la gestión y en el proceso de adjudicación.

La EMVS plantea un compromiso social común para el uso de las viviendas, con el fin de mejorar su uso y la convivencia vecinal, advirtiendo por su parte que el incumplimiento de este compromiso puede originar la apertura de un expediente que concluya en la no renovación o incluso la resolución inmediata del contrato de arrendamiento.