Montando en bicicleta, bicicletas
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Actualizado: jueves, 31 mayo 2018 14:27

MADRID, 31 May. (EUROPA PRESS)

La Junta de Gobierno presidida por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha aprobado este jueves de manera inicial la ordenanza de Movilidad Sostenible, que limita a 30 km/h la velocidad en las calles de un carril por sentido o carril único y a 20 km/hora para zonas de plataforma única (calles de coexistencia), además de regular la movilidad de patines, patinetes y monopatines, que podrán circular por carriles bici y ciclocalles mientras que su uso deportivo se limitará a las zonas señaladas al efecto.

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, ha presentado en rueda de prensa el texto, que fija las normas de funcionamiento y entrada a Madrid Central, la gran APR de Centro, y la regulación, por primera vez, de los Vehículos de Movilidad Urbana, como los segway. En la APR podrán circular, como excepción, los vehículos con etiqueta ambiental Cero y Eco.

Las bicicletas podrán circular en sentido contrario en las calles residenciales y ciclocalles mientras que los vehículos de dos ruedas podrán aparcar en sus reservas específicas y en las aceras donde no haya banda de estacionamiento en la calzada si dejan más de tres metros libres.

También regulan las futuras Zonas de Aparcamiento Vecinal, que se crearán a demanda y sin coste para los residentes, y establece que los hospitales puedan solicitar zonas de aparcamiento de larga estancia en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Otra novedad en esta ordenanza es la regulación expresa de áreas de acceso restringido por motivos de seguridad, como en la Colonia Marconi, en Villaverde.

Sabanés calcula que la ordenanza llegará al Pleno de septiembre para su aprobación definitiva después del proceso participativo que se abrió en febrero para recoger y estudiar propuestas y sugerencias de la ciudadanía y de los sectores implicados en la movilidad urbana. Ahora se abre un periodo de información pública y tras el estudio de las alegaciones que se presenten esta nueva normativa se aprobará definitivamente en Junta de Gobierno y posteriormente se ratificará por el Pleno.

GIRO A LA DERECHA

Se incluye, a petición de colectivos ciclistas, la posibilidad de giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada, además de la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior), ciclocalles y red viaria local si se señaliza, previo informe técnico en materia de seguridad vial.

También se regula el registro para bicis, que será obligatorio para los servicios de alquiler y otras actividades económicas, y expresamente se cita la posibilidad de retirar bicicletas por motivos de seguridad vial, peatonal o afección al patrimonio municipal. Asimismo, se establece los requisitos mínimos para los nuevos sistemas de bicicleta de alquiler sin base fija: seguros, matrícula, redistribución, mantenimiento y controles técnicos.

Los vehículos de dos ruedas tendrán que aparcar en las reservas destinadas a estos vehículos. Si no las hubiera podrán aparcar en las aceras siempre que dejen más de 3 metros de ancho libre (en la actualidad es en aceras de 3 metros) y en aceras de menos de seis metros, paralelamente al bordillo.

Si la acera tiene más de 6 metros podrán hacerlo en semibatería o ángulo junto al bordillo. También tendrán que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos podotáctiles. No podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón, exista banda de aparcamiento en la calzada o señalización específica que lo prohíba.

Además se crea la obligación de dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones que se habiliten o reformen, seguidos de reservas para motos en calzada, "dado que suponen una menor barrera visual que los coches y, por lo tanto, mayor seguridad para los peatones".

ZONAS DE APARCAMIENTO VECINAL Y APARCAMIENTOS

La Ordenanza de Movilidad Sostenible establece una nueva figura de aparcamiento regulado distinto al SER, aplicable en barrios con efecto frontera o intensidad de uso, bajo demanda vecinal y sin tasa ni límite de estacionamiento para los residentes. En las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV) se reservará espacio de aparcamiento para los residentes y los visitantes tendrán una limitación de 2 horas como máximo en el horario que establezca la Junta de Gobierno.

La ordenanza prevé novedades para los aparcamientos gestionados por la EMT o los de nueva creación, con un régimen de instalación de puntos de recarga y tarifas según las emisiones de los vehículos. También se establece la obligación de comunicar al Ayuntamiento los datos de ocupación en tiempo real.

Este colectivo está considerado especialmente protegido de cara a la seguridad vial y a los aparcamientos. De esta manera, tendrán prioridad para acceder a la reserva de plazas de aparcamiento público. También se intensificará la vigilancia de las plazas reservadas para las personas con movilidad reducida en aparcamientos de centros comerciales y de ocio.

Asimismo, los eurotaxis podrán recoger y dejar a estos usuarios en las reservas de estacionamiento para dicho colectivo, y se identifican 'centros de actividad' donde se ofrecerá una mayor proporción de plazas de estacionamiento reservadas para titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR), específicamente en aquellos ámbitos en los que no son aplicables las posibilidades de uso gratuito y sin limitación temporal que para ese colectivo ofrece el SER.

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