El Supremo condena a la Comunidad a indemnizar a un joven por la deficiente señalización de un paso a nivel

Actualizado: viernes, 2 mayo 2008 14:14

MADRID, 2 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid y a la empresa Cementos Portland S.A. a indemnizar con 345.281.4 a un joven que quedó inválido tras ser alcanzado por un tren cuando esperaba para cruzar en un paso a nivel situado en un barrio de Arganda del Rey (Madrid). Estima que la administración autonómica consintió en mantener una "situación de peligrosidad" en este punto, al no estar indicado cuál era lugar seguro para esperar el paso del ferrocarril.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Salas, confirma la dictada en su día por la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró responsables tanto a la empresa propietaria del tren como a la Comunidad de Madrid, exonerando de cualquier culpa al conductor del convoy y al Ayuntamiento de Arganda.

El alto tribunal considera igualmente que el joven "concurrió causalmente a la producción del suceso", ocurrido en 1991, por lo que confirma la disminución de la cantidad reclamada por la víctima, que era inicialmente de 460.375,27 euros.

El paso a nivel contaba con unas barreras semiautomáticas para la limitación del paso de vehículos, así como un sistema acústico y una luz roja parpadeante al paso de los trenes, "pero carecía de vallas de protección que detuvieran a los viandantes en una línea o situación de seguridad al paso de los convoyes que diariamente circulaban en ambos sentidos, siendo patente la falta de medidas de seguridad, lo que ya había dado lugar a numerosos accidentes", según la resolución.

Reconoce el Supremo que tanto la Comunidad de Madrid como el Consistorio argandeño tomaron iniciativas para solucionar el problema previamente y también tras este accidente en concreto, aunque dichas medidas no llegaron a materializarse.

"El consentimiento en mantener dicha situación de peligrosidad durante largo tiempo integra de por sí la situación de riesgo generadora de culpaba que da lugar a la responsabilidad", insiste el Supremo.