El Tribunal Supremo anula otros tres despidos de trabajadores municipales del Ayuntamiento

Actualizado: jueves, 13 febrero 2014 11:51

PARLA, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha anulado a través de varias sentencias otros tres despidos de trabajadores municipales del Ayuntamiento de Parla, producidos en noviembre de 2011, cuando el equipo de Gobierno acordó despedir a 56 funcionarios.

Según las tres sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press y que están fechadas el 26 de noviembre de 2013 y el 15 y el 22 de enero de 2014, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación "para la unificación de doctrina" interpuesto en su día por los abogados del Consistorio contra las sentencias previas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Por tanto, el Ayuntamiento debe ahora readmitir a estos trabajadores y abonarles los salarios desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar. Además el Consistorio deberá hacer frente a las costas judiciales.

El sindicato UGT ha informado de que el Supremo "ratifica" así tres de las demandas cuyo proceso ha sido llevado por abogados de la Federación de Servicios Públicos (FSP) del sindicato en Madrid, después de que otras previas ya favorecieran a estos trabajadores en el ámbito social y en el TSJM.

La FSP-UGT de Madrid señala además que estos procesos judiciales "han supuesto un trabajo y un gasto para el Ayuntamiento", por lo que opina que "no es la mejor manera de gestionar los recursos".

En este sentido, el secretario del Sector de la Administración Local de UGT en Madrid, Ignacio Herrero, ha manifestado que desde el principio mantuvieron que los despidos "eran injustificados y que debieron tener una indemnización, que no la hubo", al tiempo que ha explicado que de los casos llevados por los abogados del sindicato "una sentencia ha sido ganada y todavía quedan cuatro por salir".

Fuentes municipales han señalado en otras ocasiones que no todas las sentencias del Supremo han sido desfavorables a los intereses del Ayuntamiento y que no todos los despidos han sido anulados debido a que todavía continúa el proceso judicial con el resto de recursos pendientes de resolución en el TS.

EL PP OPINA QUE HAY "CONNIVENCIA"

El portavoz del PP de Parla, Miguel Ángel López, mantuvo semanas atrás en el Pleno municipal que una "prueba de la connivencia entre UGT y el Gobierno municipal" es que cinco trabajadores municipales despedidos en 2011 han perdido sus sentencias en el Tribunal Supremo "en casos llevados por abogados de UGT" y sin que el sindicato "haya reclamado nada".

Al respecto, la sección sindical aclaró que están "tan desconcertados como el resto de los trabajadores, desconociendo por qué los jueces toman posturas diferentes" ya que el Supremo sí que ha dado la razón a otros despedidos en noviembre de 2011.

Sobre este asunto, el Partido Popular de Parla añadió la semana pasada que la readmisión de varios trabajadores despedidos del Ayuntamiento pueda costar en torno a 3,8 millones de euros, tal y como se recoge en la actualización del Plan de Saneamiento Financiero 2014-2023 del Consistorio, remitido al Ministerio de Hacienda para su adhesión a las medidas extraordinarias de liquidez.

DESPEDIDOS SIN PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Por su parte, el denominado 'Colectivo de trabajadores despedidos en 2011 por el Ayuntamiento de Parla' ha emitido un comunicado en el que manifiestan que el Consistorio "no ha devuelto al INEM", actual Servicio de Empleo Público Estatal SEPES, "las prestaciones percibidas por los trabajadores cuando debían estar readmitidos".

Según el comunicado, siete de los trabajadores fueron readmitidos en sus puestos tras sentencias del TSJM, aunque el Supremo ha aceptado el recurso del Ayuntamiento y, por ello, han vuelto a abandonar sus puestos.

"Pero lo hace sin haber regularizado la situación de los trabajadores", según ha informado este colectivo, ya que "no ha pagado al INEM las cantidades percibidas por los empleados readmitidos, por lo que ahora no pueden cobrar la prestación".

El alcalde, José María Fraile, "tampoco ha pagado ni la indemnización de ocho días por año trabajado que estipulan las sentencias, ni los salarios de tramitación o sustanciación estipulados", según el colectivo.

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