Tribunales.- Sanidad indemnizará con 155.000 euros al hijo de un hombre que falleció por una intervención innecesaria

Actualizado: lunes, 23 julio 2007 20:42

El TS declara la responsabilidad patrimonial de la Administración, al considerar "evidente" que tuvo una "anómala" actuación

MADRID, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad y Consumo indemnizará con 155.000 euros al hijo de un hombre que falleció el 17 de septiembre de 1995 tras someterle los especialistas del hospital Gregorio Marañón a una intervención abdominal innecesaria que le produjo lesiones que determinaron su fallecimiento.

Así lo establece el Tribunal Supremo en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que estima el recurso de casación del hijo del paciente fallecido, de 76 años, contra la negativa de la Audiencia Nacional de declarar la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria en estos hechos.

En la resolución, la Sala de lo contencioso-Administrativo del Supremo considera "evidente" que existió una "anómala" actuación por parte de la Administración, ya que dio lugar a una operación quirúrgica "no justificada" por un error en el diagnóstico.

La sentencia impugnada recoge que el hombre ingresó el 2 de agosto de 1995 en el Gregorio Marañón con molestias en el abdomen, diagnosticándole un adenocarcinoma ulcerado de mediano grado de madurez.

Se le intervino el 8 de septiembre y, en el trascurso de la operación, se le extirpó el bazo a causa de un sangrado. A las 48 horas, se le detectó una pancreatitis, por lo que se le operó el día 12 de nuevo. Finalmente, falleció el 17 de ese mes por pancreatitis post quirúrgica.

CONSENTIMIENTO DE LA OPERACIÓN

En relación a la intervención, los magistrados inciden en que al paciente se le extirpó un segmento de páncreas "sin justificación alguna", que "pudo tener relación con la existencia de la pancreatitis" que originó su muerte.

De este modo, el Alto Tribunal concluye que el anciano "falleció después de ser objeto de una intervención quirúrgica innecesaria y a consecuencia de una pancreatitis".

Según el fallo, no existió "el adecuado consentimiento informado" y se procedió sobre "la base de un diagnóstico erróneo a la practica de la intervención".