El TS reduce la pena a una maltratada que atacó a policías por tardar en atenderla en comisaría tras agredirla su marido

Actualizado: viernes, 18 abril 2008 14:18

La Audiencia Provincial de Madrid condenó a la mujer a seis meses de cárcel por un delito de malos tratos y otro de atentado

MADRID, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha reducido de seis a tres meses de prisión la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a una mujer que fue condenada por un delito de malos tratos y atentado tras agredir a varios policías que tardaron en atenderla en una comisaría a la que acudió precisamente para cursar una denuncia contra su marido, que le había agredido previamente en el marco de una fuerte discusión conyugal.

En su sentencia --de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín-- el alto tribunal argumenta su decisión asegurando que "es justo valorar todo este escenario para llegar a la conclusión de que, sin justificar la reacción, ésta estaba motivada por la tardanza en atenderla y sobre todo por la excitación que se refleja en el hecho probado".

Los hechos tuvieron lugar el 21 de agosto de 2002 cuando la mujer, Laura M.R. llamó a la policía después de haber sido agredida por su marido fruto de una fuerte discusión en su domicilio de Madrid. De hecho, cuando los agentes policiales se personaron en el inmueble conyugal, tuvieron que proceder a separarles ya que el hombre agarraba a la mujer "fuertemente por el cuello", tal y como consta en el relato de hechos probados de la sentencia.

Tras la discusión, los agentes trasladaron a la mujer a un centro hospitalario donde un médico le detectó contusiones y hematomas múltiples, así como un estado de gran agitación nerviosa y ansiedad. Posteriormente fue llevada a comisaría con el fin de presentar una denuncia contra su marido, no obstante, tres horas después de la discusión, Laura seguía sin cursar su denuncia.

La mujer llegó a entrar en la oficina de denuncias exigiendo ser atendida y como, en ese momento, todos los funcionarios de la Policía estaban ocupados con otros denunciantes, le dijeron que debía esperar su turno. Ante esto, la acusada se fue pero volvió al poco rato, esta vez en un gran estado de nerviosismo y ansiedad, gritando "hijos de puta, os voy a matar a todos, no tenéis cojones", dice la sentencia.

A partir de ese momento, Laura provocó varias lesiones a los agentes que intentaron reducirla y dado que no se calmaba tuvieron que llevarla hasta los calabozos. "Laura que continuaba lanzando patadas contra todo, presa de una agitación, continuando así por las escaleras que bajaban a la zona de calabozos, hasta llegar a la puerta del calabozo que estaba abriendo una policía, a la que Laura propinó un fuerte tirón de pelo", añaden los hechos probados.

Ante esto, la Audiencia Provincial de Madrid condenó el 5 de julio de 2007 a Laura M.R. como autora material de un delito de atentado, dos faltas de lesiones y una falta de malos tratos, con la circunstancia atenuante de arrebato como muy cualificada, a la pena de seis meses de cárcel. Además, se le impuso una multa de 375 euros y se le obligó a indemnizar con otros 900 euros a uno de los agentes por las lesiones que le causó.

La sentencia absolvió a los policías que habían sido denunciados por la mujer por un supuesto delito de lesiones y faltas de imprudencia. No conforme con esta decisión judicial, Laura M.R. recurrió en casación ante el Tribunal Supremo que ahora ha decidido mantener la condena de tres meses de cárcel por el delito de atentado con la atenuante muy cualificada de arrebato, pero le absuelve del delito de malos tratos.

ARGUMENTOS DE LA SENTENCIA.

La sentencia del TS señala que tras valorar "las circunstancias personales de la acusada y la situación que estaba pasando", debe disminuirse "su culpabilidad justificando la reducción en dos grados de la pena de prisión impuesta (...) con las posibilidades legales de sustitución que deberá ser ponderada por la Sala sentenciadora en ejecución de sentencia", añade el Tribunal Supremo.

"El hecho ofrece bases suficientes para considerar u otorgarle una mayor entidad al arrebato u obcecación de la acusada", insiste la sentencia en la que se añade que "todo tiene su origen en una situación previa de maltrato familiar que motiva la comparecencia de policías que llevan a la misma a un centro médico en el que se le observan hematomas múltiples así como un estado de gran agitación nerviosa y ansiedad".