La URJC reclama mantener la prevaricación en el caso máster tras admitir alumnos que "no hicieron nada" para el título

El catedrático Enrique Álvarez Conde durante una rueda de prensa
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Actualizado: lunes, 8 octubre 2018 15:00

Recuerda que el TS ve a Álvarez Conde como el urdidor de una trama y ve factible que los alumnos supieran antes que no tenían que hacer trabajos

MADRID, 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Universidad Rey Juan Carlos (URJC) considera que las declaraciones en sede judicial de varios alumnos del caso 'máster', donde reconocieron que no hicieron "nada" para obtener el título y que todo lo tramitaron "prácticamente en exclusiva" con el exdirector del Instituto de Derecho Público (IDP) Enrique Álvarez Conde, reflejan indicios claros de prevaricación administrativa que deben seguir siendo investigada.

Así lo detalla la propia institución en el recurso que ha interpuesto contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid relativo al archivo parcial de la causa y centrar las actuaciones en el tipo penal de falsedad documental.

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la URJC muestra su "disconformidad" con este archivo parcial, pues entiende que las declaraciones de varios alumnos explicando que obtuvieron su máster sin realizar trabajos y el hecho de que Álvarez Conde les diera instrucciones de cómo convalidar asignaturas apuntan a una presunta prevaricación.

"En definitiva, tras las manifestaciones efectuadas en sede judicial
relativas a la ausencia absoluta de mérito académico por parte de varios
alumnos, a nuestro entender, es palmaria la existencia de indicios de criminalidad en las presentes diligencias de instrucción que pudieran tener encaje técnico-jurídico en los elementos del tipo objetivo y subjetivo del delito de prevaricación administrativa", señalan.

Estas, a su juicio, "precisan de la continuación de las diligencias de investigación para determinar si el otorgamiento de un aprobado en una asignatura no cursada por un determinado profesor en el ejercicio de su función y por consiguiente, con omisión del procedimiento establecido, generaría un injusto respecto a los alumnos que sí hubieran cursado las asignaturas, siendo evidente que la forma de proceder, en dicho caso, contra lege del funcionario actuante no le puede pasar inadvertida, en dicho supuesto, la actuación de los investigados resultaría merecedora de reproche penal".

En sus argumentos jurídicos, la URJC ve procedente continuar las "diligencias de investigación" sobre la prevaricación para "depurar presuntas responsabilidades" entre los implicados en el caso Máster.

Para ello, el recurso relata que la resolución de septiembre del Supremo sobre la pieza relativa al líder del PP, Pablo Casado, calificaba "indiciariamente" al catedrático Álvarez Conde de "urdidor del proceso" relativo a la captación de entrega de títulos académicos y la calificación arbitraria de créditos reconocidos, debido a su "autoridad incuestionable" sobre la cúpula de las personas que trabajaban en el Instituto de Derecho Público (IDP).

Por ello, la URJC discrepa del archivo parcial sobre el delito de prevaricación y apunta a varias declaraciones, como el caso de la alumna Alida Mas Taberner --exalto cargo de la Generalitat valenciana-- que declaró que fue Álvarez Conde quien le "presentó" el máster de Derecho Público y que le informó de la convalidación de créditos para que se matriculara aunque estaba viviendo en Valencia.

También aludió a que los trabajos se los entregaba a Álvarez Conde y que no tenía copias de los mismos. Una revelación "sorpresiva" fue que esta alumna, pese a presentar dichos trabajos, no sabía las asignaturas que tenía que cursar y dudó en su interrogatorio si tenía que hacer el Trabajo de Fin de Máster.

Además, también expone el caso de la alumna de este máster María Dolores Cancio Álvarez quien aseguró en sede judicial que sin haber hecho "absolutamente nada" del máster ni haber presentado ningún trabajo, tenía en febrero de 2011 una asignatura calificada por otra profesora implicada en el caso, Alicia López de los Mozos, precisamente la docente que negó la firma que aparecía en el acta del TFM de la expresidenta Cristina Cifuentes.

También dijo que no entregó ningún trabajo en otras dos asignaturas calificadas por el catedrático, quien le dio instrucciones para convalidar 40 de los 60 créditos de estos estudios. Otro testimonio que se relaciona es el de Álvaro Morente, quien dijo que se matriculó del máster pero no lo cursó. A su vez, se relata otros casos de estudiantes que fueron evaluados sin hacer méritos, como lo manifestado por el exedil del PP en el Ayuntamiento de Madrid Pedro Calvo, que dijo que no había hecho "ni el huevo".

Respecto al caso de Cifuentes, la universidad expone en su recurso que en su testimonio del 23 de julio dijo recordar que era el exdirector del IDP quien le señaló que no era necesario ir a clase cuya asistencia podía suplir con la realización de varios trabajos.

EL CASO DE CIFUENTES

Así, argumenta que se mantiene en este caso el delito de falsedad documental sobre el título de Cifuentes ante indicios de comisión delictiva cuando solicitó el título tras el cambio de nota en dos asignaturas (de no presentado a notable).

"De ser cierta la investigación anterior, es decir, que el título fuera falso y que el tribunal de defensa del TFM nunca fue conformado --así lo han referido las tres profesoras del Instituto de Derecho Público que aparecen en el acta--, la investigada hubiera sido conocedora de la necesidad de realización de la preceptiva defensa de dicho trabajo y a pesar de presuntamente no efectuarla, pagó la tasa y solicitó el título", apunta el escrito para volver a solicitar que se mantenga la investigación sobre prevaricación pues "de ser cierta dicha
falsificación, la investigada hubiera sabido que no se cumplían los requisitos para la obtención del título y con dicho conocimiento, lo recogió tras ser expedido".

Por tanto, la universidad subraya que, "de ser confirmada judicialmente la falsificación del acta de Trabajo de Fin de Máster y por consiguiente, la ausencia de defensa del mismo frente al tribunal, la investigada hubiera contado necesariamente con el apoyo y el concierto de alguno de los profesores que dirigían el mismo, en este caso presumiblemente con el coinvestigado Álvarez Conde puesto que, tal y como se desprende de la declaración en sede judicial de Cifuentes, fue con la única persona con la que 'pactó' las condiciones de realización académica del máster".

"Entendemos que indiciariamente se cumplen ambos supuestos ya que difícilmente es creíble que un alumno sepa con anterioridad incluso a la matriculación en un máster que el título le va a ser concedido sin realizar actividad académica alguna y, por consiguiente, procede a la matriculación y pago de las correspondientes tasas que, si bien, podrían considerarse como actos neutros según la doctrina del Tribunal Supremo con respecto a una 'prevaricación posterior', pero que ineludiblemente son actos necesarios para la consecución del objetivo, en este, caso, la obtención del título. Obviamente si el alumno no se matricula y paga las tasas, el título no se le otorga. Lo relevante penalmente es la existencia de indicios respecto el concierto o la connivencia entre alumno y profesor, circunstancia consideramos que acaece en el presente caso", ahonda el recurso de la URJC.

También muestra su discrepancia con el archivo relativo a la prevaricación de las profesoras Cecilia Rosado o Clara Souto en relación al acta de TFM de Cifuentes y expone que el cambio de notas de la expresidenta de la funcionara Amalia Colange muestra indicios de criminalidad, dado las contradicciones con la declaración del catedrático Pablo Chico (responsable de una de las materias cambiadas) y que dijo que la modificación se hizo por parte de ella y que no estaba autorizado para ello, según los procedimientos de la universidad.

El rector de la URJC, Javier Ramos, avanzó el pasado viernes que la institución recurría el archivo pues su voluntad es "defender la honorabilidad" de la institución "hasta las últimas consecuencias".