Actualizado 12/03/2008 20:07

Las bajas de los vehículos podrán tramitarse 'on line' desde el 11 de marzo

MADRID, (EUROPA PRESS)

Los centros autorizados de tratamiento de vehículos al final de su vida útil (CAT) podrán tramitar 'on line' las bajas de los automóviles a partir del martes 11 de marzo de 2008, según lo establecido en una Orden Ministerial que publica el día 10 el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Así, los titulares de vehículos que deseen desprenderse de ellos al final de su vida tendrán que acudir a un centro autorizado de tratamiento, donde entregarán la solicitud de baja, el permiso de circulación y la tarjeta de la inspección técnica de vehículos. Desde 2006 no es necesario aportar el último recibo del impuesto de circulación.

Por su parte, el centro de tratamiento entregará al titular del vehículo un certificado de destrucción, tras consultar telemáticamente la situación del mismo, para comprobar que no existen impedimentos.

Después, también 'on line', el CAT comunicará a Tráfico la solicitud de la baja del vehículo, y la jefatura correspondiente enviará telemáticamente al centro de tratamiento el certificado definitivo de baja, que se entregará al titular.

Los centros de tratamiento disponen de un plazo máximo de un año para seguir utilizando el sistema actual de tramitación de las bajas, con la presentación en soporte papel en la jefaturas provinciales de tráfico. Transcurrido este período, sólo podrán utilizar el sistema de baja telemática.