Publicado 25/05/2020 19:09

Un juez archiva el caso de una trabajadora de Iveco que se suicidó tras la difusión de un vídeo sexual

Sede de la empresa Iveco en Madrid, donde trabajaba la mujer que se quitó la vida después de la difusión entre los empleados de un vídeo suyo de carácter sexual.
Sede de la empresa Iveco en Madrid, donde trabajaba la mujer que se quitó la vida después de la difusión entre los empleados de un vídeo suyo de carácter sexual. - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 5 de Alcalá de Henares ha archivado las diligencias abiertas para investigar el origen de la difusión de un vídeo sexual en mayo de 2019 de una madre de 32 años trabajadora de la fábrica de Iveco de San Fernando de Henares que se quitó la vida como consecuencia de ello.

El archivo se produce por "falta de autor conocido" del delito de descubrimiento y revelación de secretos investigado, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas. La juez Ana María Gallegos se hizo cargo del caso tras recibir el atestado policial del suicidio, que investigó si fue una antigua pareja de la fallecida o ella misma por un error la que propagó por primera vez esas imágenes íntimas.

Los agentes analizaron el vídeo que se filtró y comprobando quiénes lo compartieron y si la mujer pudo sufrir acoso por este motivo por parte de algunas personas de la empresa que trabajaba, del grupo Iveco.

La mujer, de 32 años y madre de dos hijos pequeños, estaba preocupada tras la difusión del vídeo entre sus compañeros de trabajo por lo que opinaría su marido, que lo vio tras su difusión. En ese momento, la mujer padeció una crisis nerviosa. Al día siguiente, se suicidó en su casa de Alcalá de Henares.

Tras la reforma del Código Penal de 2015, a raíz del caso de Olvido Hormigos, se estableció una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona".

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