Condenado a 11 meses de cárcel y a alejarse de una familiar por enviarle mensajes amenazantes

Publicado: martes, 11 septiembre 2018 12:14

MURCIA, 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial ha condenado a un individuo a 11 meses de cárcel y a mantenerse alejado a más de 300 metros de una familiar por enviarle mensajes amenazantes, vulnerando una orden previa que le prohibía comunicarse con la víctima por cualquier medio, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

De esta forma, el acusado es reincidente pues ya había sido condenado como autor responsable a un delito de amenazas en el ámbito familiar a la pena de prohibición de aproximación a menos de 300 metros y de comunicación por cualquier medio con la víctima por un periodo de un año y cuatro meses.

A pesar de esta prohibición y con ánimo de vulnerar su contenido, el acusado usó el teléfono de su actual pareja para enviarle a la víctima diversos mensajes instantáneos de carácter amenzante. En concreto, el 23 de enero de 2018, escribió desde el referido terminal: "yo feliz y vosotros en la tumba", y "como te pongas tonta te mando a mi novia que te dé unos aplausos en esa carita de creída".

Igualmente, el 22 de enero envió a la denunciante un mensaje instantáneo en el que manifestaba "en el momento en el que 'aigan' malas caras o algo raro, me conoces y la cosa no terminaría bien", así como otro mensaje que decía: "le puedo hacer la espera a tu mamá en su trabajo, me pilla al lado de casa".

Sin embargo, la Sala considera que no ha quedado acreditado que el acusado agrediese a la víctima en fechas indeterminadas comprendidas entre los meses de julio y agosto de 2017.

En este sentido, la Sala ha tenido en cuenta que el acusado "no fue capaz de ofrecer una explicación razonable sobre la existencia de la denuncia y de las amenazas", e incurrió en "contradicciones importantes" pues "reconoció ante el instructor que uno de los dos terminales de donde se envían las amenazas podía ser suyo, y en el acto de juicio lo ha negado sin dar explicación".

Asimismo, considera que la declaración de la víctima es "absolutamente firme, constante, rica en matices y en detalles objetivos periféricos, pues exhibe el teléfono móvil con algunos de los mensajes y manifiesta que algunos de ellos fueron enviados desde el teléfono de la actual pareja del acusado, dato que encaja con la documental aportada por la defensa que demuestra que ambas líneas telefónicas fueron contratadas por la referida mujer".

Por todo ello, la Audiencia decidió ratificar la pena impuesta en primera instancia por el Juzgado Penal número 2 de Cartagena.