Desestimado recurso del fiscal contra sentencia del Jurado que absuelve al Policía Local Ceutí de homicidi

Actualizado: martes, 29 junio 2010 15:31

MURCIA, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha desestimado el recurso de apelación del Ministerio Fiscal contra la sentencia del Jurado Popular, que absuelve de un delito de homicidio a un policía local de Ceutí, confirmando ésta en su integridad.

En concreto, el fiscal solicitó la condena al agente por un delito de homicidio que cometió en julio de 2007 y por el que fue absuelto a principios del mes de febrero por un Jurado Popular, al considerarlo no culpable de tales hechos, según informaron fuentes del TSJ de Murcia.

El juicio se celebró el pasado 11 de junio, quedando visto para sentencia dicho recurso de apelación, y durante la vista oral, el Ministerio Fiscal solicitó a la Sala de lo Civil y lo Penal revocar la sentencia dictada, ya que, a su juicio, "es una absoluta desproporción".

Los hechos sucedieron el 1 de julio de 2007, cuando un individuo, Visvaldas, falleció como consecuencia del disparo que recibió efectuado por este agente policial, que acudió al lugar de los hechos, una cafetería de la localidad, al objeto de mediar en una presunta situación de violencia de género.

El altercado se desencadenó por una presunta situación de violencia de género, por lo que los agentes auxiliaron a la joven y la escoltaron a su vivienda. Mientras, el individuo intentó agredir presuntamente a uno de los agentes y éste utilizó su arma reglamentaria causándole la muerte.

Para el fiscal, la declaración del acusado era "incoherente" con el resto de hechos probados, así como lo es que el magistrado presidente declarara como probable que el fallecido llevara en la mano un ladrillo, "qué otra cosa podría llevar si se bajó de un palet de ladrillo", rezaba la sentencia; y subrayó la "arbitrariedad" en la decisión de los jurados.

El fiscal pedía por ello, en el caso de que se hubiera estimado el recurso, que se condenara al Policía Local de Ceutí como autor responsable de un delito de homicidio a la pena de diez años de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

No obstante, dejaba también abierta la posibilidad de que si se estimaba parcialmente el recurso, entendiendo que no concurre la eximente completa de legítima defensa, se le condenara a una pena de cinco años de prisión.

Leer más acerca de: