Ácido Bórico.- Los mandos policiales pedirán aclarar si la ley permite abrir juicio oral sólo con la acción popular

Actualizado: jueves, 22 marzo 2007 19:22

La defensa sostiene que no se puede tomar esta decisión sin que acuse el fiscal

MADRID, 22 Mar. (EUROPA PRESS) -

Los mandos de la Comisaría General de la Policía Científica imputados en el 'caso del ácido bórico' pedirán a la juez de Instrucción número 35 de Madrid, Gemma Gallego, que aclare si pueden recurrir su decisión de abrir juicio oral sólo con la acción popular, en contra de la tesis de la Audiencia Nacional que archivó por este mismo motivo la causa por la que se iba a juzgar al presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, por el 'caso de las cesiones de crédito'.

El abogado José Antonio Choclán, que defiende al comisario general de la Policía Científica, Miguel Ángel Santano, y a tres de sus subordinados, adelantó hoy a Europa Press que presentará mañana en el Juzgado número 23 un escrito en el que pedirá a su titular que aclare si es recurrible la parte del auto que rechaza sus argumentos, que fueron apoyados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, de que si sólo acusa una acción popular y no la acusación pública o el fiscal no es posible abrir juicio oral.

El abogado sostiene que no se puede sentar en el banquillo de los acusados a sus clientes sin que acuse el fiscal y entiende que la resolución dictada ayer por la juez "excede" del contenido propio de un auto de esas características, puesto que se pronuncia en contra de una cuestión previa que se había formulado por escrito anteriormente y que debería ser recurrible.

Choclán pone como ejemplo la decisión de la Audiencia Nacional en el 'caso de las cesiones de crédito'. La Sección Primera de lo Penal acordó el sobreseimiento libre de la causa, conforme a lo que había solicitado tanto el Ministerio Fiscal como la Abogacía del Estado, al entender que dentro del procedimiento abreviado y, según lo dispuesto en el artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC), "no puede abrirse juicio oral sólo a instancias de la acusación popular", ya que establece que "si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitaren el sobreseimiento de la causa (...) lo acordará el juez).

VALIDEZ DE LA ACCIÓN POPULAR.

Frente a esta postura, la juez Gallego defiende en su auto de apertura de juicio oral que en el articulado del Código Penal que regula el Procedimiento Abreviado no hay "ningún precepto legal que recoja expresamente la imposibilidad del juez instructor de abrir juicio oral sólo a instancias de la acusación popular".

Además, añade que "no es insólito que la acción penal se ejerza exclusivamente por el acusado particular y no por el Ministerio Fiscal, si éste estima que no procede su ejercicio".

En su auto, replica a la Fiscalía que "resulta indiscutido que en nuestro sistema procesal no existe el monopolio de la acción penal por parte del Ministerio Público" y agrega que en este caso se debe proceder a la apertura de juicio oral, "otorgando eficacia a los escritos de acusación de la acción popular presentados en la causa", en referencia a los de la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M y Manos Limpias.