Adif dice que "no consta mención alguna" a la desconexión del ERTMS embarcado en actas del comité de dirección

Accidente de tren Alvia en Angrois (Santiago de Compostela)
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 1 abril 2014 19:23

El juez del caso del accidente del Alvia notifica a las partes el listado de documentos que la Abogacía del Estado envió por correo urgente el lunes

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

Adif asegura que "no consta mención alguna" a la desconexión del sistema de control constante de velocidades ERTMS embarcado en las actas de las reuniones del comité de dirección celebradas desde la fecha de puesta en servicio de la línea Ourense-Santiago, el 10 de diciembre de 2011, hasta el 24 de julio de 2013, cuando se produjo el accidente del tren Alvia en Angrois que costó la vida a 79 personas y ocasionó heridas de distinta consideración a más de un centenar de viajeros.

Entre la documentación que la empresa pública ha enviado a los juzgados compostelanos antes de finalizar el nuevo plazo de dos días dado por el juez instructor --tras superarse el tiempo otorgado inicialmente--, se encuentra una "certificación" relativa a que "no consta mención alguna a la desconexión" de este sistema a bordo del tren, medida que se ejecutó un año antes del siniestro, el 25 de julio de 2012.

El titular del Juzgado de Instrucción número 1, Luis Aláez, también le pedía, a instancia del abogado del maquinista --único imputado actualmente en la causa--, el modificado por el que se acortaba la instalación del ERTMS. Y es que, para evitar el aumento del tiempo necesario para realizar el trayecto con la instalación de intercambiadores, en 2010 se decidió cambiar el proyecto inicial --de ancho internacional a ancho ibérico-- de modo que el único sistema activado en los cinco kilómetros previos a la estación de la capital gallega era el ASFA, que solo frena el ferrocarril si circula a más de 200 kilómetros por hora.

A este respecto, el administrador de infraestructuras ferroviarias ha aportado un expediente de modificación del contrato de obras. Ha enviado en papel la documentación correspondiente a su tramitación administrativa y en un CD la documentación técnica.

Así consta en una relación de los documentos aportados que envió la Abogacía del Estado al Juzgado este lunes a través de un fax, que este martes se ha notificado a las partes. En dicho fax, al que ha tenido acceso Europa Press, la representación procesal de Adif indica que se remiten los documentos "en el día de hoy --por este lunes-- por correo urgente".

DOSSIER COMPUESTO POR 11 DOCUMENTOS

En total, Adif ha entregado un dossier compuesto por 11 documentos. El primero de ellos está compuesto por "notas", según apunta, emitidas por la dirección adjunta de planificación y gestión de red y por la de seguridad en la circulación, con la que el administrador quiere "precisar determinadas cuestiones relativas a la documentación requerida".

El segundo se corresponde ya con la primera solicitud (de 10) de Aláez, que demandaba la modificación de un aviso de diciembre de 2011 referido a la puesta en servicio de nuevas líneas, trayectos y dependencias de circulación. Esta modificación, según el abogado de Francisco José G., junto a sus correspondientes estudios, informes y evaluaciones de riesgos, fueron los que "determinaron que a la fecha del accidente estuviera instalado el cartelón con la leyenda 'RGC' en el punto kilométrico 84,176", donde se produjo el descarrilamiento.

Sin embargo, Adif apunta que "no se ha publicado ningún documento reglamentario o normativo que haya suspendido la modificación del aviso número 74", por lo que subraya que "no puede aportarse el aviso".

Para justificar esto, remite una nota "aclaratoria" de la dirección de mantenimiento y explotación y otra de la de seguridad en la circulación que es la que "precisa que no se ha publicado ningún documento relgamentario o normativo que haya supuesto la modificación del aviso".

CONTRATO DE OBRAS Y NOTAS TÉCNICAS

Un tercer documento, según figura en el listado enviado por fax, es el expediente de modificación del contrato de obras que implicó acortar la instalación del ERTMS. Este punto es señalado por el letrado del maquinista, entre otras cuestiones, porque el libro horario y el cuadro de velocidades máximas que este último empleaba para la conducción establece el sistema hasta el punto 85, aunque en la vía solo estaba hasta el 80.

En cuarto lugar se adjuntan dos notas "técnicas" sobre pruebas del ERTMS en el tramo, de 30 de noviembre y 2 de diciembre de 2011. Al respecto, Aláez pedía "todos los informes e incidencias referidos al ERTMS de la línea 082", realizados por la gerente de ERTMS de Adif y los miembros de su departamento, incluidos los del exdirector.

"CARECE DE FACULTADES CON EFECTOS JURÍDICOS FRENTE A TERCEROS"

A continuación, como documento número cinco, aborda la solicitud de las actas del comité de dirección de Adif, extremo en el que el abogado del Estado alega que este "no es un órgano estatutario de Adif ni tiene atribuidas competencias por ninguna disposición", con el ánimo de "precisar" que "carece por tanto de facultades con efectos jurídicos frente a terceros".

En este sentido, afirma que el comité de dirección "se configura como una reunión periódica entre el presidente y los directores generales para la puesta en común de los asuntos relativos a la gestión de la entidad". En esta reunión "periódica", como califica la Abogacía del Estado al comité de dirección, "se lleva a cabo un análisis conjunto, por los órganos directivos de la entidad, de los asuntos para los que, en cada momento, se estime necesario o conveniente, en función de su carácter estratégico o de su trascendencia para la gestión de la entidad".

Añade, en esta línea: "si bien, las decisiones sobre dichos asuntos son adoptadas, en última instancia, por el órgano con competencias en la materia o por el órgano que tenga delegado el ejercicio de dicha competencia".

Es en este apartado en el que aporta la certificación de que "no consta mención alguna" en los comités de dirección de la desconexión del ERTMS embarcado en los trenes, además de las actas de las reuniones correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012.

ESCRITOS DE LOS CARGOS DIRECTIVOS

A mayores, Adif entrega al juez escritos por los que las personas que ostentaban cargos directivos en la entidad a 25 de junio de 2006 y en las fechas anteriores y posteriores --los que "tomaban parte en el comité de dirección-- manifiestan "si les fue o no comunicada la referida desconexión", con "anterioridad o posterioridad" a producirse.

Adjunta (como documento 6) una resolución de Fomento --de diciembre de 2011-- por la que se autoriza la puesta en servicio del tramo, una certificación de seguridad relacionada con los sistemas de señalización, otra de autorización de puesta en servicio a determinadas unidades autopropulsadas de la serie 730 y otra "por la que se otorga autorización de seguridad de circulación para esas mismas unidades al amparo del ASFA en todas las líneas de la red de categoría C2 o superiores, y al amparo del ETCS nivel 1 en el trayecto Bifurcación A Grandeira-Bifurcación Coto da Torre".

El séptimo documento es una carta circular de reglamentación --de 2013-- y una serie de consignas experimentales que datan de los años 2008 a 2012. El octavo son otras tres cartas circulares, dos de ellas publicadas tras accidentes --en 2006 y 2007-- y una tras "incidentes" --en 2005--.

En noveno lugar se sitúa un "dossier de seguridad", como lo denomina Adif, de las instalaciones de la línea y que "ya fue remitido" al juzgado. El magistrado requería la "identificación y evaluaciones de riesgos de fallos humanos".

Para el requerimiento de "estudio y evaluación de riesgos de la línea 082", concretamente, lo que aporta son "los dossieres de seguridad correspondientes a las modificaciones realizadas con posterioridad a la puesta en servicio de la línea 082".

Por último, adjunta una nota del director de seguridad en la circulación sobre el estudio y evaluación de riesgos de la línea para autorizar la desconexión del ERTMS en junio de 2012.

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