AMPL.-La AN prohíbe la marcha de EA y Aralar porque sólo busca "eludir" el veto a la primera convocatoria

Actualizado: sábado, 11 septiembre 2010 13:47

MADRID, 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado la prohibición de la manifestación convocada por miembros de Eusko Alkartasuna (EA) y Aralar para este sábado en Bilbao tras el veto de la impulsada por la izquierda abertzale, al considerar que "no tiene otro objeto" que "eludir el cumplimiento" de la prohibición de la primera de las convocatorias.

En un auto dictado este sábado, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 ordena al Departamento de Interior del Gobierno vasco que "se adopten las medidas necesarias para impedir la celebración del acto" y evitar "la comisión de hechos delictivos".

El magistrado, que se encuentra de guardia esta semana, ha adoptado esta decisión a instancias de la Fiscalía, que consideró que la nueva convocatoria "no tiene otro objetivo que eludir la prohibición judicial acordada, por lo que puede ser calificada como fraudulenta", y está "dirigida a socavar la autoridad del poder judicial".

Moreno coincide con el Ministerio Público y considera que "existen fundados indicios" para creer que la manifestación ahora promovida por personas y entidades "sin tacha de ilicitud" tiene "idéntica finalidad" que la convocada por la izquierda abertzale, y que fue prohibida al estimar que podría derivar en un delito de enaltecimiento del terrorismo.

En su auto, de cuatro páginas, el magistrado reproduce los argumentos expuestos ayer por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza. En su petición, argumentaba que se quería lograr la celebración "de una manifestación similar y con idéntica finalidad" a la prohibida judicialmente mediante "la cobertura que proporciona la intervención de personas o entidades no sujetas a restricciones legales por su desconexión del entorno de la organización terrorista".

Zaragoza defendía que al ser "una actuación en fraude de ley cuyo único objetivo es eludir el cumplimiento de la resolución judicial dictada con anterioridad", resulta "constitucionalmente inobjetable y legalmente necesario" su rechazo. Para apoyar esta solicitud, recordaba que la aplicación de la doctrina del fraude de ley a actuaciones relacionadas con el ejercicio de los derechos fundamentales ya ha sido avalada por el Tribunal Constitucional en diferentes sentencias, como "la utilización de formaciones políticas legales" como ANV y Askatasuna.

MISMA HORA, SIMILAR LEMA

Ahora, el juez instructor subraya que el hecho de que la manifestación convocada por EA y Aralar tenga "coincidencia en la hora y lugar de celebración" con la de la izquierda abertzale y que el lema de la nueva marcha --'Libertad de expresión, todos los derechos para todas las personas'-- "no difiere sustancialmente" del empleado en la primera convocatoria, que era 'Todos los derechos para todas las personas en toda Euskal Herria', muestra que tienen "idéntica finalidad".

También destaca que en la segunda marcha, formaciones "adheridas" a la plataforma organizadora de la inicial, pasan ser las "convocantes". En suma, a su juicio, "no tiene otro objeto que eludir el cumplimiento de la resolución judicial acordada por auto el 9 de septiembre", tratándose por tanto de una actuación "en fraude de ley, que tiene por finalidad la obtención de un resultado contrario al conjunto del orden jurídico determinado".

Por ello, establece que la prohibición tiene "pleno amparo constitucional", aun tratándose de "la restricción o limitación de derechos", ya que existen "circunstancias plenamente justificadas".

GENERAR TERROR COLECTIVO PARA APOYAR LOS FINES DE ETA

El magistrado recuerda que, de la comunicación recibida por el Departamento de Interior del Gobierno Vasco y de los informes recibidos, se desprendían "suficientes elementos o indicios de entidad suficiente" como para considerar que el acto y la manifestación que había organizado en un primer momento la izquierda abertzale para este sábado pudiera "revistir los caracteres" del delito de enaltecimiento del terrorismo.

Precisa además que estos actos dirigidos a enaltecer los delitos de terrorismo no son "sólo un refuerzo y apoyo a actuaciones criminales muy graves y a la sostenibilidad y perdurabilidad de las mismas", sino que también son "manifestación muy notoria de cómo por vías diversas se genera el terror colectivo para hacer avanzar los fines terroristas".

De esta manera, y dado que considera que la manifestación promovida por EA y Aralar tiene "idéntica finalidad" que la anterior, el juez acuerda su prohibición para así "impedir la comisión de actos delictivos y la alteración de la paz social" y ordena adoptar "las medidas necesarias" para impedir su celebración.

Asimismo, también solicita a la Policía Nacional, la Guardia Civil y el Departamento de Interior del Gobierno vasco que se instruyan "las diligencias necesarias en relación con quienes participen en la ejecución" de posibles hechos delictivos.

En el caso de la marcha convocada por la izquierda abertzale, el juez Moreno acordó su prohibición al entender que existían "fundados indicios" de que su objetivo es "apoyar la estrategia y justificar las acciones de la organización terrorista ETA".

Entre los convocantes de esa primera marcha, organizada por representantes de la izquierda abertzale, EA, Alternatiba, Lokarri y el sindicato LAB, entre otros, había "históricos dirigentes del frente político-institucional de ETA", entre los que el juez citaba a Tasio Erkizia y "cargos municipales de la ilegalizada ANV" como Marian Beitialarrongaitia, alcaldesa de Hernani; y Nicolás Moreno, regidor de Elorrio. Además, la comunicante de la manifestación es Yolanda Jubeto, que fue candidata por HB y EH en varios procesos electorales entre 1990 y 1999.

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