AMPL.- El juez del caso 'Malaya' estima los recursos contra el auto de dos imputados y desestima el resto

Actualizado: lunes, 27 julio 2009 23:18

MÁLAGA, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -

El juez de Instrucción número 5 de Marbella (Málaga), Óscar Pérez, ha estimado los recursos contra el primer auto de procesamiento del caso 'Malaya', presentados por dos imputados en la causa, de forma que los declara no procesados; mientras que desestima los recursos de otros imputados en este procedimiento contra la corrupción municipal en Marbella.

Un total de 66 procesados presentaron recurso de reforma contra el auto dictado por el anterior juez instructor, Miguel Ángel Torres, en julio de 2007, en el que procesaba en total a 86 personas. Así, a través de una resolución notificada hoy a las partes, a la que tuvo acceso Europa Press, se desestiman los recursos interpuestos por 63 procesados.

Por contra, el juez del caso sí se estima parcialmente el recurso interpuesto por la ex edil del Partido Andalucista María José Lanzat en lo que respecta a la cuantía de la fianza exigida para cubrir las responsabilidades pecuniarias, que se fija en 75.000 euros.

Los dos procesados que se quedan fuera son Francisco Javier S.P. y Juan José L.M., un guardia civil y un policía nacional, respectivamente. Ambos reconocieron, indica el auto, que comprobaron números de matrícula a instancia del procesado Jaime Hachuel, aunque negaron haber facilitado información sobre vehículos que pudieran pertenecer a Interior.

El instructor señala que al no existir indicio alguno de conexión de los recurrentes con la organización criminal que se investiga en esta causa, más allá de esa solicitud, "la sola petición de información y la comunicación de no ser el vehículo sospechoso nos aleja del tipo penal, sin perjuicio de lo que pueda decidirse, en su caso, en el ámbito disciplinario".

ARGUMENTOS

En el auto se señala que una pretensión que se reitera por los recurrentes es la relativa a la petición de declaración de nulidad de las actuaciones por nulidad de las fuentes de prueba, es decir, de "diligencias limitativas de derechos" como intervenciones telefónicas o registros domiciliarios.

En este sentido, señala que la alegación de una supuesta lesión del derecho al secreto de las comunicaciones "reclama su tratamiento en un momento procesalmente conveniente". "Sin duda, dicho momento cabe situarlo en la propia fase de juicio oral, mediante el planteamiento de cuestiones previas", precisa el instructor.

Respecto a los ediles, centran los motivos de sus recursos tanto en la falta de concreción de hechos como en la inexistencia de indicios racionales de criminalidad. En este sentido, el juez indica que existen "indicios de que los integrantes de la corporación percibieron diversas cantidades de Juan Antonio Roca para la realización de actos administrativos que suponían un perjuicio para los intereses municipales".

Esto, a juicio del instructor, "nos sitúa en el entorno del delito de cohecho continuado en concurso con delitos de prevaricación administrativa o fraude", por lo que concluye que los recursos han de ser desestimados", salvo en la fijación de responsabilidad pecuniaria de María José Lanzat, que se fija en 75.000 euros.

También rechaza los recursos presentados por los empresarios que presuntamente aportaron dinero a cambio de resoluciones favorables, al considerar que los argumentos del auto recurrido son "razonables" y, por tanto, "existen indicios" de los delitos por los que están procesados inicialmente.

Asimismo, rechaza los argumentos que tratan de desvirtuar las anotaciones contenidas en los archivos Maras, refiriéndose a "los numerosos informes policiales al respecto y a la existencia de declaraciones que permiten afirmar la existencia de indicios de veracidad en su contenido".

No obstante, incide en "el hecho de que la calificación jurídica contenida en el auto de procesamiento es provisoria". Este auto resolviendo los recursos de reforma no es firme y se puede recurrir en apelación, por lo que la Audiencia Provincial de Málaga aún tendrá que pronunciarse.

ROCA

Respecto al presunto cerebro de la trama, el auto analiza su situación económica, su relación con el Consistorio marbellí, así como las sociedades que ha reconocido como suyas. En este punto, indica que aunque está acordada la valoración de todas estas empresas, "sólo en propiedades inmobiliarias se han embargado más de 130".

Además, destaca la existencia de un avión y de un helicóptero, valorado en 800.000 euros; el resultado de la tasación por la Delegación Provincial de Cultura de la Junta de Andalucía de los cuadros intervenidos en casi cuatro millones de euros; así como los 3.700.000 euros en que se han valorado los carruajes de enganche intervenidos.

Sobre el bufete Sánchez Zubizarreta, que presuntamente intervino "en la construcción de un entramado societario para la ocultación del patrimonio de origen sospechosamente delictivo" de Roca, rechaza los recursos y llama la atención acerca del "cambio cuantitativo y cualitativo que se produce en el gabinete a partir de que Roca se relaciona con dicho despacho, observándose cómo a partir del año 1994 --comienzo de la relación entre ambos-- aumentan los ingresos en efectivo en las cuentas del despacho".

En este punto, concluye que "a través de las cuentas bancarias del entramado societario en la que aparecen como fiduciarios los integrantes del entramado societario, el efectivo metálico que se colocó durante los años 1994 a 2005 fue de 25.507.183,57 euros, incompatible con una práctica mercantil ordinaria".