Audiencia de Málaga confirma la condena a la directora de un asilo por estafa a una anciana sacando dinero de su cuenta

Actualizado: domingo, 5 julio 2009 13:08

MÁLAGA, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la condena de dos años y medio de prisión impuesta a la que era en 2003 directora de la residencia de ancianos Nuestra Señora de Gracia de Alhaurín de la Torre (Málaga), acusada de estafar a una de las ancianas ingresada en el centro al extraer dinero de su cuenta corriente.

De este modo, la Sección Segunda de la Audiencia desestima los recursos presentados por la defensa de la procesada y por la acusación particular, en representación de los familiares de la perjudicada, ya fallecida; y confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de la capital, que condenó a la acusada por un delito continuado de estafa.

La defensa recurrió la resolución por error en la interpretación de la prueba, al estimar que no existió engaño y que tampoco se tuvo en cuenta la existencia de un contrato previo entre la afectada y la acusada para extraer dinero de la cuenta, en concreto el precio de la mensualidad. Por su parte, la acusación recurrió para solicitar la responsabilidad civil del banco.

Ahora, el Tribunal de apelación concluye en su sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que la acusada "abusando del estado mental" de la mujer "logró que ésta le firmara los resguardos y de este modo obtuvo la entrega por los empleados del banco de un total de 18.500 euros en la creencia de que realmente disponía de autorización de la titular para sacar dichas cantidades".

Además, la Sala indica que, tras examinar los documentos, se puede determinar que la afectada tenía en esa fecha "un cuadro de demencia senil, tipo alzheimer, que alteraba sus facultades intelectivas y su conciencia hasta tal punto que le hacía precisar de la asistencia de terceras personas" y recuerda que todas las partes admiten que la acusada estaba autorizada para sacar el importe del precio pactado en el contrato de ingreso.

"Resulta evidente la existencia de engaño y, en consecuencia, la correcta calificación que de los hechos probados se hace en la sentencia", apunta la resolución de la Audiencia, en la que se insiste en que la acusada actuó "simulando" haber obtenido la autorización y "abusando de la relación existente con la perjudicada, aprovechándose de la situación mental" de ésta para hacer al menos 11 extracciones en menos de tres meses.

Asimismo, rechaza el recurso de la acusación particular, al señalar que "no se ha acreditado que los empleados del banco hubieren infringido ninguna obligación legal o reglamentaria a la hora de abonar a la acusada las cantidades de los resguardos, pues en ellos figuraba la firma de la titular de la cuenta", firma que cotejaron con el DNI y con otros documentos en su poder.

En este punto, se precisa que no consta probada la falsedad de las firmas. De hecho, el juez de primera instancia no condenó a la procesada, que tiene otros procedimientos judiciales similares pendientes, por el delito de falsedad de documento del que la acusaba la acusación particular.

Los hechos sucedieron durante los meses de mayo a julio de 2003 cuando la acusada, en calidad de directora de la residencia en 2003, tenía a su cargo a la víctima, ingresada por tener demencia senil y alzheimer y "simuló gozar de la autorización de la paciente" para hacer reintegros.

De esta forma, "incorporó ilícitamente a su patrimonio cantidades que excedían del cobro de las correspondientes mensualidades". Según el juez, presentó la documentación bancaria "aparentemente firmada" por la anciana, autorización "obtenida aprovechando el grave deterioro de sus facultades mentales, sin conocimiento ni autorización de los familiares".

En el juicio, celebrado a mediados de noviembre del pasado año, la acusada negó haber sacado más dinero del que le correspondía, sino "sólo el importe de la mensualidad" y explicó que, cada mes, un sobrino diferente de la mujer iba con un papel del banco que ella rellenaba pero que firmaba la víctima, negando que falsificara la rúbrica.