La Audiencia Nacional condena a 17 años al etarra Lerín Sánchez por colocar una bomba en un hotel de Denia en 2005

Actualizado: lunes, 3 noviembre 2008 18:43

MADRID, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 17 años de prisión al etarra José Ángel Lerín Sánchez por la colocación en enero de 2005 de una mochila-bomba en el hotel Port Denia (Alicante) cuya explosión provocó cinco heridos. El acusado deberá abonar una indemnización por un valor total de 434.128 euros en compensación por los daños materiales provocados en el establecimiento y las viviendas colindantes.

Según explica la sentencia, hecha pública hoy, Lerín pertenecía al comando operativo liberado 'Zapa', que realizó --siguiendo las órdenes de Garikoitz Aspiazu, alias 'Txeroki'-- diversas acciones contra intereses económicos a partir de septiembre de 2004.

La resolución indica que el día fijado para ejecutar la acción terrorista, Lerín situó una de estas mochilas en la escalera de incendios del hotel, junto con un cartel con las indicaciones 'No tocar. Peligro. Bomba. ETA'. El artefacto fue activado para explotar a las tres de la tarde.

TEMPORIZADOR MARCA 'ETA'

Los magistrados de la Sección Primera han tenido en cuenta para tomar su decisión la localización por parte de los agentes del equipo de desactivación del temporizador del artefacto, "que llevaba la marca Eta", lo que permite atribuirle a la banda armada la acción terrorista. Además, ponen de manifiesto que el atentado fue reivindicado a través de una llamada telefónica a la Dya.

Destacan también que en los registros practicados tras su detención, producida en marzo de 2006, las fuerzas de seguridad localizaron un tipo de material explosivo conocido como 'kaskabarro', el mismo utilizado en el artefacto de Denia. Los agentes también hallaron dispositivos con la marca de la banda terrorista.

Además, el acusado reconoció ante la Guardia Civil su participación en los hechos y, según la sentencia, "son múltiples las coincidencias de su relato" con lo acontecido. "Facilitó información más allá del conocimiento adquirido en la investigación", dice la resolución.

Por todo ello la Sección Primera condena al etarra a 17 años de prisión por un delito de estragos terroristas y le absuelve del de colocación de artefactos explosivos al considerar que este queda recogido en el primero. Lerín Sánchez deberá pagar 300 euros a cada uno de los heridos por la falta de lesiones además de 1.000 euros en concepto de responsabilidad civil.