La Audiencia Nacional condena a penas de entre 69 y 74 años de prisión a dos terroristas por el atentado de Herrera

Actualizado: jueves, 31 julio 2008 20:52




   MADRID, 1 (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia Nacional ha condenado, respectivamente, a penas de 69 años y tres meses y 74 años de cárcel a los etarras Josune Oña Ispizua y Asier Mardones Esteban, a los que considera cooperadora necesaria y autor del atentado que se produjo el 14 de septiembre de 2003 en el alto de Herrera (Álava), en el que murió el también terrorista Arkaitz Otazua y resultaron heridos dos miembros de la Ertaintza.

   En una sentencia notificada ayer, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal señala, no obstante, que los dos etarras cumplirán un máximo de 25 años de prisión y no 40 porque la Fiscalía calificó los hechos como sendos delitos de lesiones contra miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y no como homicidios en grado de tentativa.

   Durante la última sesión del juicio, que se celebró el pasado 21 de julio, el presidente del tribunal, Alfonso Guevara, reprochó a la fiscal Blanca Rodríguez que no pidiera cinco años más de cárcel para cada uno de los etarras.

   Además del delito de lesiones, el tribunal condena a Oña y Mardones por el robo del vehículo en el que simularon un percance para cometer la acción terrorista y la detención ilegal durante unas horas de sus dos ocupantes, que fueron atados a un árbol en un paraje cercano. A Mardones, además, le asigna la tenencia ilícita de armas.

   La Audiencia Nacional también les obliga a indemnizar conjunta y solidariamente con 300.000 y 250.000 euros, respectivamente, a los dos agentes heridos, que sufrieron heridas por arma de fuego que les han incapacitado para volver a trabajar, al tiempo que les impide  acercarse a ellos durante los diez años siguientes al cumplimiento de su pena. De igual modo, deberán abonar 15.000 euros a cada uno de los secuestrados.

   CUATRO TERRORISTAS

   El tribunal considera probado que los dos condenados, Arkaitz Otazua y un cuarto terrorista identificado como Urtzi formaban el 'comando Ezkaurre' de ETA y planearon este atentado en un piso de la localidad riojana de Entrena que era propiedad de la familia del etarra fallecido. Los cuatro se desplazaron hasta el alto de Herrera en un Ford Mondeo de la madre de Otazua.

   Allí, éste y Mardones abordaron a punta de pistola a los ocupantes de un vehículo a los que ataron a un árbol. Después atravesaron el coche en mitad de la calzada y llamaron a la Ertzaintza para avisar de que habían sufrido un accidente tras colisionar con un animal. A la llegada de los agentes que acudieron al lugar con intención de auxiliarles, les ametrallaron utilizando una escopeta de cañones recortados y otras dos armas no identificadas. En el tiroteo Otazua falleció y los dos agentes resultaron heridos.

   El tribunal justifica las condenas de Oña y Mardones en las declaraciones inculpatorias que realizaron ante la policía y los numerosos restos biológicos que fueron encontrados en el lugar de los hechos, en el Ford Mondeo utilizado en la comisión del atentado y en la vivienda de Entrena donde se preparó la acción terrorista.

   ABSUELTO EL TERCER ACUSADO DE COLABORACIÓN  

   La sentencia, de la que ha sido ponente la juez Ángeles Barreiro,  absuelve al tercer acusado, Luis Samuel Damborenea, a la pena de ocho años de cárcel que solicitaban la Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), al entender que "no está probado que estuviera presente en una reunión con el grupo de terroristas y recibiera información del plan que urdían".

   A pesar de que los restos de ADN de Damborenea aparecieron en la vivienda de Entrena, el tribunal sostiene que no se puede determinar que se depositaran en el mismo momento que los pertenecientes a los etarras. Durante el juicio, el acusado aseguró que era amigo de Otazua y que acudió a la vivienda para que le ayudara a preparar un examen de Derecho.