La Audiencia Nacional dice que la libertad de Elena Beloki no se debe a su tratamiento sino a su "escaso riesgo de fuga"

Actualizado: miércoles, 5 noviembre 2008 19:21


MADRID, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la situación de libertad provisional bajo fianza de 6.000 euros en que se encuentra la etarra Elena Beloki argumentando que ésta se justifica, no porque no haya concluido el tratamiento de fertilidad al que estaba siendo sometida en una clínica de San Sebastián, sino porque en su caso existe "un escaso riesgo de fuga".

En una resolución hecha pública hoy, el tribunal rechaza los recursos de súplica presentados por la Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) contra el auto dictado el pasado día 3 de octubre por el que se negó a modificar la situación procesal con que cuenta Beloki desde el pasado 30 de junio.

Cinco días después, las acusaciones solicitaron la revocación de este auto alegando que no tuvieron acceso a los informes médicos relativos al tratamiento de fertilidad de Beloki, y que la situación de libertad de la etarra conllevaba "un alto riesgo de fuga" y "reiteración" en delitos terroristas.

En un auto del que ha sido ponente el juez Guillermo Ruiz Polanco, la Sala responde que la libertad de la etarra no se asentó en "la vigencia del aludido tratamiento de fertilidad" sino en "el ahora reiterado muy escaso riesgo de fuga de la solicitante". En este sentido, destacan la "irrelevancia" de las facturas y recetas aportadas por Beloki y del papel que acredita que su pareja, el líder de Gestoras Pro Amnistía, Juan María Olano, acudió a una cita en una clínica de San Sebastián.

"Fue la valoración de los datos que apuntaban a un escaso riesgo de fuga lo verdaderamente relevante y determinante de la concesión de la libertad provisional de la solicitante", sostienen los magistrados de la Sección Tercera, que reiteran que los argumentos sobre el riesgo de fuga expuestos por la Fiscalía son "heterodoxos" y además "inconsistentes".

NO HAY INDICIOS DE NUEVOS DELITOS

A este respecto, el tribunal recuerda que la condena de 13 años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso en diciembre de 2007 a Beloki por su pertenencia a XAKI (el aparato internacional de ETA) está recurrida ante el Tribunal Supremo y que en el momento actual no existe "indicio alguno" de que la etarra pueda repetir "conductas delictivas análogas" por las que fue juzgada.

La Audiencia Nacional celebró el pasado 3 de octubre una vista para estudiar una petición de la AVT que reclamaba la vuelta a la cárcel de Beloki, al considerar que había transcurrido el tiempo necesario para someterse al tratamiento que se le había prescrito. Tras la celebración de la vistilla, que apenas duró 30 minutos, el tribunal notificó verbalmente a Beloki y su abogada, Jone Goirizelaia, su decisión de no modificar su situación procesal.

El primer auto en el que se acordó la puesta en libertad de Beloki se basaba en un informe facultativo que apelaba tanto a la "disponibilidad clínica de la solicitante durante el tratamiento" como a la necesidad de que pudiera reunir "unas condiciones psicológicas adecuadas, entre las que no se encuentra la actual situación de privación de libertad".