La Audiencia Nacional revisará este viernes los recursos de los Pujol a su procesamiento por organización criminal

Jordi Pujol en el acto 'Model Sanitari Catal. Una estructura d'Estat'
Jordi Pujol en el acto 'Model Sanitari Catal. Una estructura d'Estat' - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: domingo, 17 enero 2021 12:06

MADRID, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal Audiencia Nacional decidirá este viernes 22 de enero sobre los recursos de apelación presentados contra el auto del juez instructor del caso 'Pujol' por el que proponía juzgar al expresidente catalán Jordi Pujol, a su mujer Marta Ferrusola y a sus siete hijos por formar presuntamente una organización criminal destinada a acumular un "patrimonio desmedido directamente relacionado con percepciones económicas derivadas de actividades corruptas".

En una diligencia de ordenación de la Sala de lo Penal, a la que ha tenido acceso Europa Press, se detalla que ese día, con ponencia del magistrado Carlos Fraile Coloma, se deliberará y a continuación se votará sobre los recursos a ese auto, por lo que, según fuentes jurídicas consultadas, se sabrá finalmente contra quién se mantiene la imputación y contra quién no.

En su auto de 16 de julio de 2020 de fin de instrucción y transformación de la causa en procedimiento abreviado, el entonces magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 5 José de la Mata apuntaba que el clan de los Pujol se aprovechó de su "posición privilegiada de ascendencia en la vida política, social y económica catalana durante décadas" para enriquecerse.

Y consideraba que los hechos serían constitutivos de delitos de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública y falsedad documental. Además de contra la familia Pujol, el magistrado procedía también contra otras 18 personas que habrían participado o colaborado en las actividades ilegales, entre ellos la exmujer de Jordi Pujol Ferrusola, Mercé Gironés, o los empresarios Luis Delso Heras, Carlos Sumarroca Coixet y Carlos Sumarroca Claverol.

Según el auto, la investigación, que se alargó durante más de siete años, ha acreditado que parte de esas "actividades corruptas" que habría cometido la familia coincidieron en el tiempo con la Presidencia de la Generalitat de Cataluña que ostentó Jordi Pujol entre 1980 y 2003.

El expresidente Pujol, su mujer y sus siete hijos recurrieron en agosto su procesamiento afirmando que no son una organización criminal y acusando al juez instructor de proponer juzgar a todos sólo por ser miembros de esa familia. Pedían además el sobreseimiento de la causa.

Pero el juez, en su auto señalaba que la procedencia del patrimonio de la familia proviene de distintas fuentes que en algún caso es desconocida, si bien destacaba que existen "indicios sólidos" que acreditan que no procede, como alegan desde el principio los miembros de la familia, de una herencia familiar del abuelo Florensi Pujol.

"A lo largo de la investigación, no se ha aportado elemento alguno que permita contrastar la veracidad de esta versión, ni tampoco se ha suministrado explicación alguna razonable y contrastable por ninguna de las personas investigadas de esta familia sobre este particular", explicaba.

Así, calificaba de "paradójico" que los investigados nieguen tener "conocimiento del lugar donde estuvo el legado, la entidad o entidades bancarias donde estuvo depositado o fue administrado, el momento y forma en que llegó a Andorra y la cuenta o productos financieros en que estuvo invertido (más allá de meras generalidades)".

LIDERAZGO DE PUJOL Y LA 'MADRE SUPERIORA'

De la Mata en su auto hacía una explicación pormenorizada de los roles que ejercían los miembros de la familia dentro de esa supuesta organización criminal. El liderazgo estaba "encarnado" en Jordi Pujol y Marta Ferrusola quien, según recuerda el juez, "se autodenominaba la 'madre superiora de la congregación'".

Debajo de los padres, "y siguiendo sus instrucciones", se encontraba el primogénito, Jordi Pujol Ferrusola, denominado dentro de la familia como 'el capellán de la parroquia'. Fue él quien "asumió la dirección de toda la estrategia y la recepción y distribución de las cantidades ilícitas entre sus padres y sus hermanos".

Según el magistrado, Pujol Ferrusola "ha admitido que todas las operaciones que se llevaron a cabo en las cuentas de Andorra, todos los movimientos que se realizaron en las mismas y buena parte de los negocios en que invirtió durante años estuvieron directamente relacionados con el patrimonio económico que gestionaba para sí y su familia".

El resto de los hermanos (Josep, Pere, Oleguer, Oriol, Marta y Mireia), sin perjuicio de su participación individual en determinados negocios u operaciones, "seguían las instrucciones" del mayor, "abriendo sus propias posiciones bancarias en Andorra, gestionando los capitales que eran distribuidos" por el primogénito y "tomando decisiones a lo largo de los años para mantener oculto su patrimonio ilícito".

Pero aunque "el rol más preeminente" era el de Pujol Ferrusola, ya que ostentaba un "carácter de responsable principal de la recepción y distribución de dinero entre los miembros de la familia", en alguna ocasión fueron Josep, Oleguer o Pere los que realizaron las transferencias a sus hermanos.

Sobre otros investigados, De la Mata concluye que "colaboraron estrechamente con la organización, con carácter transversal, permanente y sistémico, aportando sus estructuras mercantiles y como intermediarios para asegurar la opacidad de los pagos y servir de parapeto a los auténticos beneficiarios".

Explicaba que se cumplen los requisitos doctrinales del delito de organización criminal con diversos niveles jerárquicos, una estructura planificada y permanencia en el tiempo desde que se abrieron las primeras cuentas corrientes en Andorra en 1992 hasta que la familia cerró sus últimas fundaciones en 2014.

CANTIDADES MULTIMILLONARIAS

Esta organización, concluía, tenía una finalidad "claramente ilícita" que consistía en "obtener multimillonarias beneficios mediante actividades falsarias y corruptas". Detalla además todas las operaciones orquestadas por la familia durante estos años y que les reportaron "cantidades multimillonarias sin razón alguna".

En relación con el delito de blanqueo de capitales, sostenía que "todos estos actos se realizaron con el único ánimo de ocultar o encubrir el origen ilícito del dinero y situarlo en el circuito económico legal, al que hacían retornar de forma encubierta, ya que esa fue precisamente la finalidad que pretendían con el sistema que crearon, pues con anterioridad el dinero se hacía llegar a la familia directamente en 'negro', por lo que la ejecución de dichos actos fue intencionadamente para buscar la ocultación de la ilicitud de los fondos".

En su resolución, el juez avisaba de las "pautas comunes de actuación" en la estrategia defensiva de los investigados, ya que todos ellos han negado "conocer detalles incluso sobre la propia coartada que aportan sobre el origen de los capitales que se repartieron", de modo que considera que "la confabulación y la organización se extiende hasta el día de hoy".

En septiembre se conoció el escrito de acusación de Podemos, que ejerce la acusación popular. En él, solicitan para el expresidente Jordi Pujol una pena de hasta 20 años de prisión por los delitos de blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal, si bien esta pena podría verse reducida a 16 años en caso de que se estime la figura de asociación ilícita en lugar de la de organización.

De igual forma, interesan para la mujer del expresidente Pujol, Marta Ferrusola, penas que irían de los 13 a los 17 años de prisión por asociación ilícita --subsidiariamente organización criminal-- y blanqueo de capitales. Apuntaba Podemos que el papel de Ferrusola, al igual que el de Jordi Pujol, en esa asociación ilícita era la de dirección.

La petición de penas asciende en el caso del primogénito del clan familiar, Jordi Pujol Ferrusola, para quien esta parte pide 50 años y seis meses de prisión por asociación ilícita, blanqueo, falsedad documental y delitos contra la Hacienda Pública en relación al IRPF de hasta cinco años de 2007 a 2012.

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