La Audiencia rebaja a 6.000 euros la fianza del ex jefe de la Policía Local de Marbella por el caso 'Malaya'

Actualizado: martes, 25 septiembre 2007 21:00

MÁLAGA, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha rebajado a 6.000 euros la fianza de 20.000 euros impuesta al ex jefe de la Policía Local de Marbella (Málaga) Rafael del Pozo por el anterior juez instructor del caso 'Malaya', contra la corrupción en el Ayuntamiento marbellí, Miguel Ángel Torres.

Según informaron a Europa Press fuentes de su defensa, la Sección Primera revoca el auto del instructor y determina que el procesado se persone en el juzgado sólo una vez al mes, en lugar de dos como se decretó inicialmente.

Del Pozo fue llamado a declarar por esta causa en abril de 2006, pero posteriormente fue detenido en otras dos ocasiones. El juez Torres le procesó por cohecho continuado, omisión de perseguir delitos y encubrimiento, aunque inicialmente le imputó también por tráfico de influencia, por dos delitos de tenencia ilícita de armas, por apropiación indebida y falsedad.

Las fuentes precisaron que el Tribunal de apelación habla de todos estos delitos, incluidos los que fueron separados por el instructor en otras causas antes de la transformación de las diligencias previas en sumario, desgloses que fueron recurridos en su momento por esta defensa.

Esta es el segundo auto que revoca la Sección Primera en una semana, puesto que la pasada ordenó la devolución de la fianza de 500.000 euros fijada para el ex comisario de Policía, Florencio San Agapito, procesado en el caso 'Malaya' por los delitos de cohecho, fraude, blanqueo de capitales y contra la ordenación del territorio.

En dicha resolución, primera que dictaba la Sección Primera y a la que tuvo acceso Europa Press, se explicaba que, aunque la medida cautelar de prisión provisional "aparece justificada", en estos momentos de la instrucción, la única finalidad de la fianza es la de asegurar la presencia del procesado en el juicio, es decir, evitar el riesgo de fuga.

En este sentido, señalaba que "no existe dato objetivo alguno que permita pensar que el recurrente va a eludir la acción de la justicia", teniendo en cuenta la tesis expuesta por la defensa en el recurso de apelación, que argumentó que el imputado es español, tiene arraigo familiar, trabajo conocido y de responsabilidad, con domicilio en el territorio nacional y no tiene antecedentes penales.