Bárcenas testificará presencialmente el jueves en el juicio por la destrucción de sus ordenadores

Juicio al PP por la destrucción de los ordenadores de Luis Bárcenas en los Juzgados de lo Penal de Madrid
Oscar Cañas - Europa Press
Actualizado: viernes, 14 junio 2019 16:12


El juez rechaza definitivamente que la vista oral sea retransmitida en directo

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El extesorero del Partido Popular Luis Barcenas comparecerá presencialmente el próximo jueves 20 como testigo en el juicio por la destrucción de los ordenadores con los que trabajaba en la sede de la formación después de que el juez haya rechazado que testifique por videoconferencia desde prisión.

Esta ha sido una de las cuestiones resueltas en esta primera sesión del juicio que se celebra en el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid, donde el Partido Popular, la extesorera Carmen Navarro, el abogado Alberto Durán y el informático José Manuel Moreno se sientan en el banquillo por el borrado "a conciencia" de los discos duros donde Bárcenas almacenaba información de contabilidad.

El juez Eduardo Muñoz de Baena ha explicado que si bien tenía previsto permitir que el extesorero, tal y como pedía, declarase desde la prisión donde cumple condena por el caso Gürtel, tras escuchar a las partes ha acordado que lo haga de forma presencial, eso sí, acompañado de abogado aunque no acuda en calidad de acusado sino como testigo.

Pues han sido la Fiscalía y las acusaciones populares las que han recalcado la idoneidad de que el testigo acuda a los Juzgados de lo Penal, al entender que no se le causa perjuicio alguno. Así se lo ha dicho la representación del Ministerio Público que ha destacado que el centro penitenciario en el que se encuentra Bárcenas está "a 40 minutos de esta sede y podría ser traído sin vulnerar sus derechos".

CONDICIONES DE LOS TRASLADOS

Observatori Desc y Adade también han manifestado su preferencia para que la declaración sea presencial, aún sintiendo "las molestias que puedan causar el penoso traslado", ha afirmado Isabel del Val, abogada de la primera acusación. Más allá ha ido Juan Moreno, letrado de Izquierda Unida, que ha expuesto al magistrado las dificultades informáticas que pueden entrañar que la comparecencia se haga a distancia, ya que posiblemente se le exhiban documentos o audios de la declaración que prestó durante la instrucción del caso.

Por su parte, las defensas han señalado que los traslados de presos sí que les perjudica, como ha hecho Esteban Mestre, que ejerce la defensa de Alberto Durán y que ha hecho hincapié en que la "noche previa" a efectuarse el desplazamiento ya no duermen en su celda, se despiertan "a las cinco de la mañana" y pierden el servicio de comidas. El abogado del PP ha añadido que permitir que el extesorero declare por videoconferencia supone un "ahorro de costes" y de "trastornos para la vida en prisión".

Sin embargo, aunque el juez ha reconocido que los interrogatorios por sistema informático son habituales en los juzgados, ha acordado que comparezca presencialmente al tener en cuenta que "conocemos la relevancia del testigo". "Y con que haya una sola de las partes en que muestre su interés de que se haga en sala, me basta para que se haga de forma presencial", ha señalado el magistrado.

Asimismo, ha concedido que Bárcenas declare junto a su abogado, tal y como pidió, porque "es posible que en alguna de las preguntas exista una conexión entre su necesidad de decir la verdad y defenderse", por alguna otra causa judicial en la que se encuentra inmerso. Ninguna de las partes se ha opuesto a esta parte de la decisión.

Por otro lado, también se ha tratado la posibilidad de que esta primera sesión del juicio y la última (28 de junio), en la que las acusaciones y defensas realizarán sus informes de conclusiones y los acusados harán uso de su última palabra, si así lo desean, puedan ser retransmitidas en directo, a petición de IU.

El juez Muñoz Baena dictó un auto la semana pasada en la que accedió a la petición de los acusados y de la Fiscalía para que el juicio no sea emitido por señal institucional, una resolución que fue recurrida por la acusación popular y que se ha resuelto este viernes.

EVITAR LA "CONTAMINACIÓN" DE LOS TESTIGOS

Finalmente, tras oír todas las alegaciones que han hecho todos los abogados, el magistrado ha prohibido definitivamente que se retransmita el juicio. Uno de los motivos que ha dado es garantizar las práctica de las pruebas y que los testigos no acudan a la sede judicial "contaminados" tras conocer lo que ya se ha declarado dentro de la sala de vistas.

Asimismo, ha afirmado que esta causa no se puede comparar con la que ha celebrado el Tribunal Supremo durante cuatro meses por el 'procés' independentista en Cataluña, cuyo desarrollo ha sido emitido en directo, porque, en su opinión, tiene mucha mayor trascendencia social y fueron las propias defensas quien pidió su publicidad.

En su opinión, "la Sala Segunda (del Supremo) tuvo un enorme acierto en retransmitir el juicio que ha terminado hace un par de día (*) Todos nos hemos beneficiado de aquella decisión como ciudadanos, pero no esa decisión no es trasladable sin más a todos los juicios penales porque las características son diferentes". En este sentido, ha indicado que dar imágenes de un juicio donde está acusado un partido político puede generar un "juicio paralelo".

A todo esto ha añadido que al "tribunal no le consta que haya un interés periodístico en retransmitir solo dos sesiones" porque no se le ha hecho llegar ninguna "solicitud" de los medios tras conocer el auto en el que se limitó la difusión de imágenes.

CERTIFICADO PARA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL PP

Por último, el magistrado ha solicitado a la abogada María Massó, que aporte en la próxima sesión un poder que certifique el PP la designa como representante legal del partido en este juicio, en el que se sienta como acusado. Ha subrayado que el requerimiento lo hace "desde el punto de vista de la validez de la sesión" de cara a posibles recursos ante la Audiencia Provincial, y tras recibir las quejas de algunas de las acusaciones al no haberse presentado dicho documento.

Además, ha apuntado que "no cabe entrar en los motivos por los cuales la persona jurídica ha decidido designar a una persona para representar o para contestar a las preguntas del interrogatorio de parte", ni "cabe pensar que esta persona se haya arrogado cuestiones que no le competen".

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