Casas distribuye una ponencia modificada para lograr una sentencia sobre el Estatut

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Actualizado: lunes, 28 junio 2010 19:33

MADRID, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), María Emilia Casas, repartió a primera hora de la tarde de este lunes entre el resto de magistrados de este órgano la última versión de su ponencia sobre la sentencia del Estatut de Cataluña, en la que ha ido incluyendo a lo largo del día diversas modificaciones con el fin de lograr el apoyo necesario para su aprobación.

El Pleno del Tribunal Constitucional reanuda a estas horas deliberaciones, tras el parón de la comida, después de haber permanecido reunido apenas veinte minutos por la mañana, según fuentes del alto tribunal.

Durante el encuentro, convocado según reza el orden del día "para votación y fallo" de la resolución, la presidenta habría podido realizar un tanteo para conocer el apoyo que podrían prestar a su propuesta los diez magistrados que deliberan sobre este asunto.

Tras los primeros contactos, según las mismas fuentes, Casas se retiró para modificar determinados aspectos con el fin de lograr la adhesión de magistrados como Manuel Aragón y el vicepresidente Guillermo Jiménez, lo que le aseguraría los apoyos necesarios para lograr ya hoy una resolución sobre este asunto.

El borrador inicial preveía la declaración de inconstitucionalidad de 14 de los preceptos y el sometimiento a interpretación de otros 24. Si Casas obtiene el apoyo necesario para aprobar su borrador hoy mismo se conocería la sentencia y se evitaría, tal y como parecía lo más probable hasta ahora, tener que abocar al Pleno un complejo sistema de votación por bloques.

Según fuentes del órgano constitucional, el borrador de Casas asume con algunas modificaciones las mismas tesis que la que elaboró en su día la magistrada del "sector progresista" Elisa Pérez Vera respecto a los aspectos más polémicos de la norma, tales como la inclusión del término 'nación' en el Preámbulo o los preceptos referidos al uso de la lengua catalana y la bilateralidad de las relaciones entre la comunidad autónoma y el Estado.

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