El CGPJ archiva la queja del Gobierno canario contra la jueza Victoria Rosell por su opinión sobre el 'Caso Tebeto'

Actualizado: jueves, 11 febrero 2010 16:01

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado el archivo de la información previa relativa a la queja del Gobierno de Canarias contra la magistrada del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria y portavoz de la asociación Jueces para la Democracia en las islas, Victoria Rosell Aguilar, por sus opiniones vertidas en un programa de radio acerca del denominado 'caso Tebeto'.

La Comisión decidió el pasado lunes por unanimidad de sus miembros el archivo de la denuncia del Ejecutivo regional, según informó hoy en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en relación a las declaraciones de la jueza, que pidió respeto a la sentencia del presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, Francisco José Gómez Cáceres, que condenó al Ejecutivo autonómico a pagar una indemnización de más de 100 millones de euros a la empresa Canteras Cabo Verde por los derechos mineros en la Montaña de Tebeto, contigua a la de Tindaya, en Fuerteventura.

La jueza, en declaraciones que efectuó a la Cadena Ser, criticó la actuación que ha llevado a cabo la administración autonómica en relación a dicho expediente.

Al término del Consejo de Gobierno del 30 de septiembre de 2009, el portavoz del Gobierno canario, Martín Marrero, informó en rueda de prensa, entre otros acuerdos, que dicho Consejo acordó denunciar ante el CGPJ a la magistrada por "criticar" al Ejecutivo en torno al 'caso Tebeto'. La presentación de la denuncia se formuló ante la Comisión Disciplinaria del CGPJ, órgano encargado de velar por las actuaciones de los jueces.

Marrero argumentó que la denuncia se basaba en el artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en referencia al precepto que dispone que "son faltas graves dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición".

La misma ley prevé en su artículo 420 las sanciones a aplicar, que van desde una "advertencia", una "multa de hasta 6.000 euros", el "traslado forzoso a juzgado o tribunal con sede separada, al menos, en cien kilómetros de aquélla en que estuviera destinado", la "suspensión de hasta tres años" hasta la "separación", añadió. Ésta ha sido la primera iniciativa que adopta el Ejecutivo regional contra una representante del poder judicial.