Las charlas remuneradas de un juez en un colegio profesional no comprometen su imparcialidad en casos futuros

Publicado: viernes, 27 marzo 2020 18:48

MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

La participación del juez en actividades remuneradas de formación organizadas por un colegio profesional no comprometen 'a priori' el principio de imparcialidad para conocer de futuros procesos en los que sea parte dicha organización, según ha resuelto la Comisión Ética Judicial en un dictamen que fue notificado el pasado 16 de marzo y al que ha tenido acceso Europa Press.

El juez que consultó cobró 120 euros brutos por dar una charla durante un curso organizado por el Colegio de Aparejadores y posteriormente tuvo que participar en la resolución de un recurso de apelación en el que era parte la citada asociación profesional. Preguntaba a este comité de expertos si debía abstenerse en la resolución de este asunto.

La Comisión de Ética Judicial - que integran seis jueces y un académico experto en Ética o Filosofía del Derecho- le responde que este órgano no puede dictaminar si en su caso concurre o no causa de abstención, si bien añade que su participación en esta charla no compromete 'a priori' su principio de imparcialidad.

Por su parte, el juez aseguraba en su consulta que no se sentía "en absoluto condicionado" por el hecho de haber dado la charla, siendo el pleito una cuestión técnico-jurídica.

El Comité argumenta que la cuestión planteada guarda relación con la imparcialidad y también con el derecho y deber de formación de los jueces, y entiende la lógica preocupación del magistrado en relación con su apariencia de imparcialidad, ya que podría generarse la sospecha en alguna de las partes de la existencia de algún tipo de favoritismo hacia la entidad que organizó la charla.

Añade que, en principio, la percepción de una remuneración o gratificación a un juez por participar en un foro de debate, "siempre bajo las condiciones de absoluta transparencia, y en cuantía equiparable al resto de participantes" no afecta al mantenimiento de la apariencia de imparcialidad y "por el contrario, podría alejar cualquier sospecha de finalidad espuria en la relación entre el juez y el despacho organizador de la actividad formativa".