Condenada la Asociación de Internautas por lesionar el honor de la SGAE alojando la web 'putasgae.org'

Actualizado: lunes, 20 febrero 2006 18:38

MADRID, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la Asociación de Internautas (AI) por un delito de intromisión ilegítima en el derecho al honor de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y le obliga al pago de una indemnización de 36.000 euros por daños y perjuicios. Además, la AI debe publicar la sentencia condenatoria en la web de su titularidad, www.internautas.org, así como hacerse cargo de las costas judiciales derivadas del recurso. El presidente de AI, Víctor Domingo, anunció que la asociación recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo.

Esta resolución judicial va en la misma línea que la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 42 de Madrid, con fecha de 15 de junio de 2005. Entonces, el juez consideró probado que la web denominada 'www.putasgae.org', alojada en el dominio de la AI internautas.org, constituía "una intromisión ilegítima en el derecho fundamental al honor" y condenaba a los demandados a suprimir la página y la expresión "putasgae" de todos sus artículos y enlaces.

El juzgado madrileño aseguraba que la AI había basado su defensa en presentarse como un mero "prestador de servicios de la sociedad de la información", pero la sentencia establecía la responsabilidad de la AI por negligencia al permitir utilizar en su dominio manifestaciones injuriosas. "El que presta un servicio ha de controlar lo que se publica en sus páginas, porque puede y debe impedir que se publiquen contenidos ilícitos", remachaba la argumentación judicial, que avalaba la creciente jurisprudencia internacional según la cual la Red no puede convertirse en un espacio ajeno al ordenamiento jurídico y los ciudadanos vean sus derechos desprotegidos.

La resolución de alzada, hecha pública ahora, recuerda las relaciones entre la libertad de expresión y el derecho al honor y concluye que los contenidos a que la demanda se refiere integran un ataque al honor de los demandantes, "pues sobrepasan con mucho lo que es el derecho de información e incluso la libertad de expresión".

"CULPAR A INTERNET SERÍA COMO CULPAR A CORREOS"

Por su parte, el presidente de la Asociación de Internautas anunció el recurso porque, dijo a Europa Press, "los jueces pasan por alto una idea que prevalece", y que se recoge en la ley de comercio electrónico española, por la que los proveedores de servicios no son "ni censores ni policías", y aseguró que de confirmarse esta jurisprudencia en el Tribunal Supremo se estará dando "un palo gordo a Internet".

"Responsabilizar al proveedor de servicios sería como responsabilizar a Correos del envío de contenidos ilegales, y es imposible que ISP --proveedores-- como Wanadoo, Ya.com o Terra, controlen el volumen enorme de contenidos que transportan", aseguró Domingo. El presidente de la asociación insistió por último en que la AI "sólo transportaba contenidos de terceros, que retiró automáticamente" y a los que no tenía acceso para modificar ni alterarlos.