Condenado a dos años de cárcel el hombre que supuestamente intentó quemar a su mujer en Sanlúcar (Cádiz)

Actualizado: lunes, 28 julio 2008 20:35

CÁDIZ, 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a dos años de prisión por un delito de lesiones a un hombre que intentó quemar a su pareja sentimental dentro de un coche en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), según indicaron a Europa Press fuentes del caso.

En el juicio, celebrado el pasado 24 de junio, el acusado negó que intentara quemar a la mujer y defendió que fue ella la que tras salir él del coche y empezar a caminar le prendió fuego al vehículo. Los hechos, según el escrito de la Fiscalía al que tuvo acceso Europa Press, se produjeron en mayo de 2006, cuando la mujer y el acusado se citaron, montándose en un coche y dirigiéndose a una zona despoblada.

Una vez allí, iniciaron una discusión sobre la propiedad del vehículo. Entonces, según mantuvo la Fiscalía, el hombre cerró los seguros de las puertas y golpeó a la mujer, además de invitarla a bajarse del coche para matarla. Entonces, el acusado intentó rociar con una garrafa de gasolina a la mujer en las piernas, aunque no lo consiguió. No obstante, según el Ministerio Fiscal, prendió la gasolina que había caído al suelo del coche y se bajó del coche, dejando a la mujer en el interior, aunque finalmente pudo salir.

Estos hechos fueron negados por el acusado que afirmó que fue la mujer la que prendió fuego al vehículo. Según explicó su letrado, no existían pruebas ni indiciarias para mantener la teoría de la Fiscalía. En este sentido, apuntó que el hombre no pudo dejar a la mujer encerrada en el coche porque, al tener cierre centralizado, éste se abre automáticamente cuando la puerta del conductor es abierta.

Del mismo modo, defendió que fue la mujer la que prendió el fuego y por ello se produjo una sola quemadura en su brazo derecho, ya que al incendiarlo, la gasolina produce un fogonazo que fue lo que le ocasionó la herida. En este sentido, añadió que si la mujer hubiera estado sentada en el asiento del copiloto, como mantiene la Fiscalía, su hubiera quemado aunque fuera mínimamente alguna parte de las piernas, lo cual no sucedió porque, según defendió, fue la propia mujer la que prendió fuego al coche estando ella fuera y mientras el acusado se iba del lugar.

Además, la defensa del acusado manifestó que la mujer tuvo contradicciones entre las declaraciones realizadas anteriormente, ya que primero manifestó que fue ella la que buscó a su patrocinado para hablar y después cambió y dijo que fue el acusado quien fue a por ella. Igualmente, defendió entre esas supuestas contradicciones que la mujer dijera anteriormente que estaba sentada en el coche y no se quemó las piernas porque las levantó y que durante el juicio manifestara que no se quemó las piernas al tenerlas encima del asiente en posición de yoga.

Finalmente, según indicaron las fuentes informantes a Europa Press, la Audiencia Provincial ha condenado al hombre a dos años de prisión por un delito de lesiones por el agravante de parentesco, no considerando por tanto la petición de la Fiscalía de intento de homicidio, al no considerar que hubo intento de matarla.