Condenado el gerente de una firma a año y medio de cárcel y a pagar 80.000 euros por la muerte de un trabajador

Actualizado: jueves, 11 febrero 2010 22:30

VALENCIA, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El titular del juzgado de lo penal número 3 de Valencia ha condenado al gerente de una empresa de cerámica de Castelló del Rugat (Valencia) a un año y medio de cárcel y a pagar 80.000 euros por un delito de homicidio imprudente y contra el derecho a los trabajadores, tras fallecer uno de los operarios de su compañía como consecuencia de un golpe de calor, según informó el fiscal delegado Jaime Gil Rubio en un comunicado.

El magistrado adoptó esta decisión al considerar que los trabajadores estaban sometidos a "muy elevadas temperaturas" y que el empresario había "incumplido" la obligación, que establece el Plan de Prevención, de "medir los niveles de estrés térmico, apantallar donde fuera posible, establecer un método adecuado de trabajo y tener ropa adecuada --como un traje de material reflectante o guantes y capuza con pantalla facial".

La sentencia establece que esta empresa, actualmente en proceso concursal, tenía en el año 2001 más de 40 operarios, que trabajaban todos los días de la semana, por turnos de mañana, tarde y noche, de ocho horas, es decir, 56 horas semanales. El empresario ha sido condenado a seis meses de prisión por un delito contra el derecho de los trabajadores.

Además, por el delito de homicidio imprudente la sentencia contempla un pena de un año más de prisión, así como la obligación de indemnizar a la esposa e hija del fallecido con 80.000 euros.

Según establece el fiscal, estos hechos reflejan "el tipo de tejido empresarial que en ocasiones existía", pues el trabajador falleció "por el llamado estrés térmico (acción del calor sobre el organismo o golpe de calor)", pese a carecer de patología previa, cuando se disponía a desatascar con otros compañeros el horno monoestrato del 'efecto Barraca', actividad que sometía a los trabajadores a "muy elevadas temperaturas".

Jaime Gil señaló que el gerente "incumple" la obligación de "medir los niveles de estrés térmico, apantallar donde fuera posible, establecer un método adecuado de trabajo y tener ropa adecuada".

Ante esta situación, continuó, los operarios, carentes del material oportuno, "combatían las elevadísimas temperaturas en camiseta de manga corta y pantalón, lo que provocó que, realizando la actividad con total ausencia de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, se produjera la muerte del trabajador".