Condenados dos mossos por abofetear e insultar a un menor mientras le identificaban en El Pont de Vilomara (Barcelona)

Actualizado: lunes, 15 octubre 2007 21:24

BARCELONA, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la sentencia de un juez de Manresa que condenó a pagar un total de 840 euros de multa a dos mossos d'Esquadra, entre ellos una agente, por abofetear e insultar a un menor en diciembre de 2006, tras tener un "incidente verbal" con él cuando procedían a identificarle en El Pont de Vilomara.

La Sección Quinta de la Audiencia ratifica así el fallo del Juzgado de Instrucción número 5 de Manresa, que condenó al mosso d'Esquadra G.M.A. a pagar dos multas que suman 480 euros por una falta de lesiones y otra de injurias, e impuso una multa de 360 euros a la agente E.G.A. por una falta de lesiones.

Los dos agentes, además, deberán indemnizar a la víctima por las lesiones causadas --principalmente un hematoma en la oreja izquierda--, aunque la cantidad todavía no se ha fijado, a la espera de un informe forense que determine los días que necesitó para recuperarse. La sentencia, por otra parte, absuelve a los respectivos compañeros de patrulla de los condenados por falta de acusación.

Los hechos ocurrieron sobre la una de la madrugada del 11 de diciembre de 2006, cuando la víctima, Omar P.M., estaba en una calle de El Pont de Vilomara junto a cinco o seis amigos. En ese momento, se presentó una patrulla de los Mossos d'Esquadra, de la que formaba parte el agente G.M.A., según declaró probado el juez de Manresa.

Los policías procedieron a identificar a los jóvenes y se produjo un "incidente verbal" entre los agentes y Omar P.M., quien no llevaba el DNI y les enseñó su licencia de conducción de ciclomotor. Según la sentencia, sin embargo, el joven se comportó "de forma exaltada" y, en un momento dado, el agente G.M.A. le dio una bofetada.

El menor pidió explicaciones por el golpe recibido y los agentes respondieron solicitando refuerzos, acudiendo al lugar otra patrulla de la que formaba parte la mossa E.G.A. El agredido continuó pidiendo explicaciones, "alterándose todavía más cuando recibió otro golpe en la cara de la agente femenina".

Finalmente, Omar P.M. fue reducido por los condenados y por sus respectivos compañeros de patrulla. El agente G.M.A., sin embargo, no se conformó con abofetear al joven y, durante la actuación policial, afirmó: "El hijo de puta ése que se venga con nosotros", en referencia a la posibilidad de trasladarle a comisaría.

Tras la agresión, la madre del joven --avisada por la Policía-- acudió al lugar de los hechos para hacerse cargo de su hijo, quien no fue detenido. Al día siguiente, la mujer decidió llevar a Omar P.M. al hospital tras apreciar el hematoma que tenía en la oreja izquierda y los arañazos que presentaba en una rodilla y una muñeca.

Los mossos d'Esquadra implicados, por su parte, denunciaron al joven por presunta resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad, hechos de los que tuvo conocimiento la Fiscalía de Menores y que quedaron archivados en enero de 2006, un mes después de la agresión.

"RADICAL" CAMBIO DE VERSIÓN DE LOS AGENTES.

A la hora de condenar a los agentes, el juez de Manresa se basó en la declaración de Omar P.M., que fue "coherente y mantenida en el tiempo en todo momento", a diferencia de la de los agentes, quienes durante el juicio cambiaron de forma "radical" la versión que habían ofrecido en su atestado.

Según la sentencia, "los golpes produjeron una lesión que no ha sido explicada ni justificada por la parte denunciada de forma alguna", ya que en el atestado "en ningún momento se hace referencia a actuación alguna contra el menor que, causalmente, explique las heridas". Además, "en absoluto se hace referencia a la necesidad de utilizar la fuerza --aunque sea la mínima imprescindible-- para calmar, tranquilizar o impedir el comportamiento agresivo del menor".

El juez considera "chocante" el cambio de versión de los agentes, quienes afirmaron durante el juicio que tuvieron que reducir al menor y que éste cayó al suelo cuando intentaba liberarse. "Tampoco de este forcejeo, reducción, inmovilización y caída al suelo se había relatado nada en el atestado", añade la sentencia, que pone "en tela de juicio las manifestaciones exculpatorias de los agentes".

El fallo del juez de Manresa, sin embargo, fue recurrido por la Fiscalía --que pidió la absolución de los agentes-- y por la defensa de los dos mossos, pretensión que ha sido desestimada por la Audiencia de Barcelona al entender que la prueba practicada durante el juicio está motivada de forma "exhaustiva", en especial, la que ha servido para inculpar a los mossos implicados.