Condenan a 20 años de cárcel a un hombre por matar a su ex suegra e intentarlo con su ex novia en Martorell (Barcelona)

Actualizado: miércoles, 18 enero 2006 20:00

BARCELONA, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 años de prisión a un hombre de 39 años que apuñaló mortalmente a su ex suegra e intentó matar a su ex novia en Martorell (Barcelona) porque consideraba que ésta última le era infiel con otros hombres.

El Tribunal ha impuesto al acusado, Juan Francisco H.P., una pena de 12 años y medio de cárcel por un delito de homicidio y le ha condenado a siete años y medio más por intento de homicidio. El procesado, además, deberá indemnizar a su ex novia y al resto de familiares de la fallecida con 115.000 euros.

Los hechos ocurrieron durante la noche del 12 de agosto de 2003, cuando Juan Francisco se dirigió al piso de Martorell donde vivía su ex novia, con la que había estado saliendo unos meses, y asestó dos puñaladas en el abdomen a la madre de la mujer, que fue quien le abrió la puerta. La víctima murió cuatro horas después a causa de una hemorragia.

A continuación, Juan Francisco entró en la habitación de su ex novia, Cristina C.V., que se había despertado al escuchar los gritos de su madre. Mientras le insultaba y le decía "si no eres para mí no serás para ninguno", le clavó el cuchillo en el pubis, en la pierna y en el brazo, hasta que dos hermanos y un primo del procesado acudieron al lugar y consiguieron reducirle.

El Tribunal ha condenado a Juan Francisco por un delito de homicidio y no de asesinato, como pretendían el Ministerio Fiscal y la acusación particular, por "la absoluta falta de toda prueba sobre la forma y circunstancias" en que el procesado acabó con la vida de su ex suegra.

De la misma manera, la Sección Segunda considera que el hecho de que el acusado apuñalara e intentara matar a su ex novia constituye un intento de homicidio, a diferencia del Ministerio Fiscal y la acusación particular, que entienden que fue un intento de asesinato.

El Tribunal no considera "procedente" dicha calificación porque Cristina ya estaba despierta cuando el acusado entró en su habitación. Además, la agresión no fue "inmediata", sino que se produjo después de que Juan Francisco amenazara e insultara a la víctima.

La Audiencia de Barcelona tampoco ha tenido en cuenta la agravante de parentesco, ya que la propia Cristina reconoció durante el juicio que sólo salió con Juan Francisco durante unos meses, precisando que "se trataba más bien de una relación de amistad".

La Sección Segunda, no obstante, ha admitido la agravante de abuso de superioridad, ya que el acusado iba armado con un cuchillo y llevó a cabo la agresión en un espacio cerrado, lo que reducía las posibilidades de defensa de Cristina y de su madre, que iban desarmadas.

Además, según la sentencia, Juan Francisco llevó a cabo la agresión durante la noche, sabiendo que su ex novia podría estar dormida y no tendría tantas posibilidades de defenderse.

A la hora de imponer la pena, el Tribunal sí ha tenido en cuenta la atenuante de alteración psíquica ya que, según los forenses, "el acusado presenta rasgos de personalidad que dificultan sus relaciones interpersonales y cometió la agresión bajo la tensión emocional de pensar que Cristina, a quien consideraba su novia, le era infiel con otros hombres".

Finalmente, Juan Francisco H.P. ha sido condenado a 20 años de cárcel, frente a los 35 años que solicitó la acusación particular. El acusado, además, no podrá aproximarse a Cristina C.V., ni a su domicilio o su lugar de trabajo, durante cinco años desde su puesta en libertad.