Condenan en Málaga a 27 años a un boliviano por maltratar a su mujer, a la que asesinó causándole 63 heridas

Actualizado: jueves, 20 diciembre 2007 19:03

La Audiencia dice que el acusado causó las lesiones sólo para aumentar su dolor y como "colofón macabro" de una conducta de años

MÁLAGA, 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a 27 años y medio de cárcel a un boliviano llamado Bismark P. por maltratar durante años a su mujer, Ana P., de la que tenía orden de alejamiento tras separarse, a pesar de la cual la asesinó, causándole un total de 63 heridas, el 22 de diciembre de 2005 en el domicilio donde ésta residía con sus dos hijos, ubicado en la barriada malagueña de Colonia Santa Inés.

La Sección Octava dice que se trató de un "execrable crimen" y apunta que el procesado le causó heridas que eran "innecesarias para ocasionar la muerte a la víctima", las cuales realizó "con el solo designio de aumentar su dolor físico, a modo de macabro colofón de una conducta criminal que inició como mínimo unos ocho años antes, como manifestación de una repugnante concepción machista de las relaciones de pareja".

Se declara probado, en la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, que a partir del tercer año de matrimonio "el procesado vino sometiendo a Ana a una situación de continuo y reiterado menosprecio, con insultos, vejaciones y agresiones físicas, llegando a decirle en varias ocasiones que la iba a matar", situación que se fue agudizando en los últimos años y que provocó en la víctima "un cuadro depresivo".

Este comportamiento agresivo también lo desplegó el procesado respecto del hijo de Ana, que convivía con la pareja, y hacia el hijo común. No obstante, la Sala le absuelve de tres delitos de malos tratos de los que le acusaba todas las acusaciones, porque "nos faltan datos relativos a fechas, lugares y circunstancias que puedan servir de base para esas condenas".

La situación de la víctima se argumenta en determinados hechos como el ocurrido el 24 de mayo de 2003, cuando Bismark P. propinó un cachete a su hijo y al ser reprendido por su mujer la llamó "hija de puta" y le dijo que iba a matarla, arrastrándola por los pelos hasta el cuarto de baño, en donde le introdujo la cabeza en la bañera que estaba llena de agua, con el fin de atemorizarla, según la sentencia.

Asimismo, entre el 22 y el 23 de noviembre de 2005, fecha en la que ambos habían reanudado la convivencia, entablaron una discusión en dicho negocio en el curso de la cual él le dijo a ella que "la tenía que acuchillar", en presencia de una hermana de la mujer. Luego, la volvió a amenazar de muerte, por lo que se siguió un procedimiento por el que se impuso al procesado como medida cautelar la prohibición de acercarse a una distancia de 500 metros. Además, fue condenado por amenazas.

El Tribunal muestra en sus fundamentos jurídicos su "plena convicción de que las víctimas, muy especialmente Ana, vivieron en un estado de agresión permanente o en un clima de terror que les acompañó durante un largo periodo de su existencia". Asimismo, añade que la mujer estaba sumida en "una especie de secuestro emocional, motivado por el persistente comportamiento agresivo y violento que aquel desplegaba", por lo que mantenía el contacto con el acusado.

ASESINATO.

El día de los hechos, la mujer finalizó su jornada de trabajo en el bar que regentaba y se dirigió a su casa acompañada por un amigo de la familia para protegerla, pues temía al procesado. Cuando llegó a la vivienda se lo encontró allí. Poco después, discutieron "debido a los celos que sentía al sospechar que había tenido relaciones con otro hombre".

En un momento dado, "de manera sorpresiva", sacó un cuchillo de cocina de grandes dimensiones y, "con la intención de poner fin a la vida de la mujer, sin que ésta, aunque lo intentó, pudiera defenderse de manera efectiva, comenzó a lanzar cuchilladas contra ella, impidiéndole salir del dormitorio lo qud pretendía al ver cercana su muerte". Estos hechos fueron presenciados en su parte final por uno de los hijos de la mujer que trató de intervenir pero no pudo. En total, la víctima presentaba 63 heridas y otras tres de días anteriores.

Por la forma en la que se produjeron las lesiones, la Sala estima que el procesado "hizo pasar el arma de manera superficial" sobre zonas del cuerpo de la víctima "para que sintiera el dolor que producen este tipo de cortes, para en definitiva someterla a una sensación de dolor físico que desde luego evidencia la crueldad con que actuó Bismark y su intención de hacer sufrir a Ana antes de propinarle la puñalada que, a la postre, le iba a provocar la muerte".

Además de los años de prisión, se le inhabilita para el ejercicio de la patria potestad respecto de su hijo durante 15 años, a la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros y de comunicarse con los hijos y familia de la víctima por el mismo tiempo y a indemnizar a los dos menores con 400.000 euros.