El Congreso debate el martes una propuesta del Parlament para que la Generalitat pueda convocar referenda

Actualizado: sábado, 4 febrero 2006 17:00

BARCELONA, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Congreso de los Diputados debatirá el próximo martes la toma en consideración de una proposición de ley orgánica presentada por el Parlament de Cataluña para que el Estado transfiera a la Generalitat la competencia para autorizar y convocar referenda en su territorio, una propuesta que recoge el proyecto de reforma de Estatut y que de momento PSOE rechaza.

Los diputados del Parlament Maria Eugenia Cuenca (CiU), Lidia Santos (PSC) y Joan Ridao (ERC), estos dos últimos ponentes también del Estatut, defenderán la proposición de ley que fue aprobada en el Parlament el 26 de junio de 2003 con los votos de CiU; PSC, EREC e ICV y el rechazo del PP catalán.

El texto invoca a la aplicación del artículo 150.2 de la Constitución, que permite al Estado "transferir o delegar a las comunidades autónomas, mediante una ley orgánica", competencias exclusivas del Ejecutivo central, como es el caso de a autorización y convocatoria de las consultas populares.

El proyecto de reforma del Estatut que aprobó el Parlament fija también ésta como una competencia de la Generalitat y recoge también en su disposición adicional sobre transferencias por el 150.2 el de la autorización y convocatoria de consultas populares, puntos que hasta hoy son rechazados por el Gobierno socialista.

En la exposición de motivos, los cuatro partidos catalanes que aprobaron la propuesta convinieron en que "no hay duda que la puesta en práctica de los referéndums autonómicos podría configurar a las comunidades autónomas como instrumentos para una articulación del poder fuertemente participativa".

La propuesta recuerda que la misma Constitución no circunscribe exclusivamente los referéndums al marco estatal, puesto que la consulta popular constituye un elemento necesario para la aprobación y reforma de los Estatutos de autonomía, aunque reconoce que la Carta Magna fija "limitaciones y recortes" a esta facultad autonómica en el resto de casos.

El texto alega ejemplos como Francia, Irlanda, Portugal o Reino Unido, en los que otorga esta potestad a las regiones en algunos casos, para reclamar la transferencia por el artículo 150.2 de la Constitución la competencia para convocar referéndums autonómicos que permitan "la participación ciudadana en la substanciación de acuerdos y decisiones relativas a cuestiones de trascendencia política que afecten al ámbito estricto de las dichas nacionalidades y regiones del Estado".