El Congreso "flexibiliza" la Ley del Menor para que pueda aplicarse entre los 18 y 21 años en casos leves

Actualizado: jueves, 22 junio 2006 22:53


MADRID, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Congreso de los Diputados dio hoy luz verde a la reforma de la Ley del Menor para su posterior trámite en el Senado, que incluye un endurecimiento de las medidas, hasta los 8 años de internamiento y 10 en caso de reincidencia, por delitos de violación, asesinato o terrorismo.

No obstante, el texto que aprobó la cámara "flexibiliza" el proyecto original del Gobierno de tal manera que las medidas especiales que contempla la Ley para los menores podrán extenderse a la franja de edad entre los 18 y los 21 años en casos leves. En cualquier caso, nunca podrá aplicarse a delitos, cualquiera que sea su gravedad, si se cometen en bandas o por grupos organizados.

El proyecto de Ley recibió el visto bueno de toda la cámara, salvo el PP, que lo rechazó al considerar que no se garantiza la financiación de las medidas, y el grupo de IU-ICV, formación contraria al endurecimiento de las penas. Eusko Alkartasuna se abstuvo.

IU-ICV, que votó hoy por vez primera en contra de un proyecto del Gobierno, cree que la reforma "vulnera" el interés del menor y que no está justificada, entre otras cosas, porque la evolución de menores detenidos ha pasado de los 27.117 en 2000 a los 22.700 del año pasado. Por ello, la diputada Carme Rodríguez acusó al Gobierno de "legislar en caliente, a golpe de titular, por alarma social, siguiendo la línea de los gobiernos del PP".

La reforma también fue criticada por otros grupos, como EA, ERC o PNV, por considerar "excesivas" algunas sanciones, como las medidas cautelares de internamiento (hasta 6 meses), ya que a su juicio alteran los principios de defensa, socialización y reinserción del menor con los que fue concebida inicialmente la Ley. Estos grupos también pidieron la eliminación del juzgado central de menores de la Audiencia Nacional.

Por su parte, el PP votó en contra y reclamó un mayor endurecimiento de las medidas para "reforzar el derecho de la víctima y dar una respuesta más efectiva contra la violencia y los delitos graves". La diputada Carmen Matador planteó la posibilidad de que la Ley se aplique a los mayores de 12 y menores de 14 "en supuestos especialmente graves o de multireincidencia. Asimismo, exigió al Gobierno "un compromiso de financiación".

LOS MENORES NO DECLARARÁN ANTE EL JUEZ

La reforma aprobada hoy por el Congreso incluye algunas novedades, introducidas por los distintos grupos en el trámite de enmiendas, entre ellas la exención de los menores de edad de la obligación de declarar ante un juez, enfrentándose visualmente a un imputado, en todos los procedimientos penales, tanto si es víctima como testigo, como por ejemplo en aquellos casos que hayan presenciado la muerte de su madre por violencia de género.

El objetivo es que en las declaraciones que presten los menores en los procedimientos penales se garanticen las mismas cautelas, tanto si el menor es víctima del caso (como el acoso sexual), como si es víctima. La comparecencia se realizará ante expertos y siempre en presencia del fiscal. Además, podrán estar presente los que ejerzan la patria potestad siempre y cuando el juez así lo estime conveniente.

Por otro lado, en el caso de que el menor sea víctima de un delito contra su idemnidad sexual se evitará la confrontación visual con el inculpado y se podrán utilizar medios técnicos o grabaciones

La reforma de la Ley también incorpora otra enmienda de CiU, pactada por todos los grupos, para posibilitar que un menor que sea detenido pueda mantener una entrevista reservada con su abogado previamente a que se le practique la diligencia de toma de declaración.

Por otra parte, los socialistas han aceptado una enmienda de ERC que abre la posibilidad de que un mismo juez de menores siga todos los casos, en el supuesto de que un delincuente juvenil reincida, con el fin de garantizar la estabilidad y el seguimiento de su evolución.

Siguiendo el criterio de la Generalitat, ERC entiende que el primer juez sentenciador es el más indicado para ejecutar las medidas firmes que se vayan dictando sobre el mismo, para evaluar el contexto y todas las circunstancias del menor.

La Ley también señalará la necesidad de que el Consejo de Política Fiscal y Financiera evalúe las obligaciones de gasto que supondrá para las comunidades autónomas.

ENDURECIMIENTO DE LAS MEDIDAS

Más allá de esta cuestión, la reforma de la Ley del Menor prevé, en líneas generales, un endurecimiento de las medidas de internamiento y responder a nuevas realidades sociales como las bandas juveniles, el acoso escolar, así como medidas de protección a los menores que han sido víctimas de un delito contra su indemnidad sexual.

Tras escuchar la intervención de los distintos grupos parlamentarios el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, agradeció su trabajo en la ponencia y reiteró el interés del Gobierno en "preservar el interés supremo del menor y al mismo tiempo siendo sensible con la realidad y la experiencia", ante fenómenos como las bandas juveniles.

El ministro aceptó la "flexibilización" de la respuesta judicial entre los 18 y los 21 años, para abrir la posibilidad de que los jóvenes puedan prolongar su estancia en centros de menores especializados, si las circunstancias así lo aconsejan. Además, aseguró que la reforma potencia las garantías procesales y la asistencia letrada.