Couso.- El juez Pedraz apremia a los ex ministros Trillo y Palacio a declarar por escrito como testigos en la causa

Actualizado: jueves, 13 noviembre 2008 20:16

MADRID, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha apremiado a los ex ministros de Defensa y Asuntos Exteriores, Federico Trillo y Ana Palacio respectivamente, a declarar por escrito como testigos en relación con la causa que investiga la muerte del cámara de Telecinco José Couso el 8 de abril de 2003 en el Hotel Palestina de Bagdad (Irak).

El magistrado citó a ambos a declarar el pasado mes de mayo y accedió poco después a que los antiguos titulares de Defensa y Exteriores testificaran por escrito en lugar de personarse en las dependencias de la Audiencia Nacional, dada su calidad de aforados en el momento en el que se produjeron los hechos.

No obstante, el juez aún no ha obtenido respuesta por lo que reiterará la petición realizada. El objetivo de Pedraz con es "completar" mediante estas declaraciones, "la información transmitida" por las autoridades de EEUU respecto a la muerte del operador de cámara.

El magistrado decidió en mayo reactivar la causa tras la decisión adoptada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de revocar su orden de procesar a tres militares estadounidenses, presuntamente implicados en la muerte de Couso.

Además el juez ha pedido al Ministerio de Asuntos Exteriores que le informe sobre los pasos dados para agilizar el envío de una comisión rogatoria a Irak de la que él formaría parte.

La intención de Pedraz es desplazarse a este país para realizar un reconocimiento judicial y proceder, "en la medida de lo posible", a ejecutar una reconstrucción de los hechos.

La Sala argumentó su decisión de anular el procesamiento de los militares norteamericanos indicando que el Ejército de este país no se extralimitó en su ataque al hotel en el que se encontraban los periodistas al tratarse de un acto de guerra y al no descartar el "hostigamiento" por parte de enemigos iraquíes en el edificio.

El auto justificaba que el disparo del tanque americano se produjo "en el seno de un conflicto armado, donde hay operaciones bélicas". En un contexto de guerra los imputados merecerían el correspondiente reproche penal sólo en caso de "desbordamiento" o "extralimitación".

Además, la resolución de la Sala no descartaba la tesis de que desde el Hotel Palestina pudiera partir algún elemento que "hostigase a las tropas americanas" antes del disparo. Así el tribunal cita un informe aportado por las autoridades estadounidenses del que, según el auto, se desprende que "frente a la tesis que niega la existencia de un francotirador o que se produjeran disparos desde el Hotel Palestina contra las tropas americanas se contrapone el informe que habla de un observador enemigo al otro lado del río Tigris".

Asimismo, se refería a la posible presencia de "un tirador o grupo de tiradores enemigos en el balcón de una habitación de los pisos superiores, de lo que resultó ser el Hotel Palestina, tesis esta última no descartable".