La decisión del TS de no concretar la responsabilidad civil favorece a los presos en su clasificación en prisión

Interrogatorio a Oriol Junqueras en el juicio por el procés en el Tribunal Supremo (Archivo)
Interrogatorio a Oriol Junqueras en el juicio por el procés en el Tribunal Supremo (Archivo) - POOL - Archivo
Publicado: martes, 15 octubre 2019 18:33

MADRID, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La decisión del Tribunal Supremo de no concretar en su sentencia del 'procés' la responsabilidad civil derivada del delito de malversación al que han sido condenado los líderes independentistas favorece a los presos en la clasificación de grado que realicen las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas, ya que una eventual falta de pago no puede ser utilizado en su contra, han informado a Europa Press fuentes jurídicas y penitenciarias.

En su sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo da por acreditado que en la ejecución del proceso soberanista en Cataluña se malversó dinero público en cuantía que "supera ampliamente la cantidad de 250.000 euros" y fue ejecutada por el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los ex consejeros Raúl Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, a quienes condena por este delito como instrumentalizado para la sedición.

Las citadas fuentes detallan que la decisión del Supremo de derivar esta cuestión al procedimiento abierto en el Tribunal de Cuentas facilita que no se pongan impedimentos para la clasificación de grado de los internos --puede ir del primero, el más restrictivo, al régimen abierto en tercer grado-- teniendo en cuenta que, previamente, abonen o se comprometan a abonar la responsabilidad civil, ya que aún no ha sido determinada.

POSIBILIDAD MUY REMOTA DE CAMBIAR DE CÁRCEL

También califican de "irreversible" que los líderes del 'procés' vuelvan a cárceles bajo el control de la Administración General del Estado, siendo la única posibilidad --"muy remota"-- que sea requerida su presencia física para atender al procedimiento que abra el Tribunal Cuentas, que es quien tiene que dirimir sobre la responsabilidad civil de los condenados por malversación. El procedimiento habitual en estos casos es que la testifical se habilite por videoconferencia.

El Tribunal de Cuentas, con sede en Madrid, incorporará la sentencia del Tribunal Supremo sobre el proceso independentista. Se trata de un procedimiento iniciado a raíz de sendas denuncias presentadas el año pasado por la Fiscalía y por Sociedad Civil Catalana (SCC) y Abogados Catalanes por la Constitución. Ambas van dirigidas contra el expresidente catalán --huido en Bélgica-- Carles Puigdemont, la interventora de la Generalitat Rosa Vidal y otras 17 personas, entre los que se encuentran ex miembros del Govern en el momento de la Declaración Unilateral de Independencia (DUI), como Oriol Junqueras y también los que dimitieron en julio de 2017.

La sentencia expone que esa malversación "fue ejecutada por quienes tenían la condición de autoridad" para conseguir la celebración de un referéndum ilegal "respecto del cual carecían absolutamente de competencias y que, con en el ropaje constituyente con el que fue presentado, implicaba una conculcación flagrante de la Constitución y del propio Estatuto de Autonomía catalán".

La parte de los fundamentos jurídicos de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 'procés' independentista en Cataluña destinada a acreditar las condenas por malversación detalla partidas de gastos destinados a financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 que superan los 2,35 millones de euros.

La Sala de lo Penal ordena, no obstante, que la resolución sea notificada al Tribunal de Cuentas para que se dirima y reclame la responsabilidad civil en que pudieran haber incurrido los cuatro ex miembros del Govern de Carles Puigdemont que han sido condenados por malversación de fondos públicos.

Se trata del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los ex consejeros Raúl Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, a quienes se condena por este delito como instrumentalizado para la sedición y de quienes dice que habrían malversado una cuantía que "supera ampliamente" los 250.000 euros (el mínimo para condenarles), si bien no precisa cuál. No obstante, los fundamentos jurídicos detallan numerosas partidas cuyo gasto suma más de 2.300.000 euros.

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