El defensor del 'número dos' de Gürtel afirma que mantener a Ruz como refuerzo podría generar la nulidad de la causa

El juez Pablo Ruz
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 9 diciembre 2014 16:21

MADRID, 9 Dic. (EUROPA PRESS) -

El abogado Miguel Durán, defensor del presunto 'número dos' de la trama 'Gürtel' Pablo Crespo ha advertido este martes que mantener al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz como magistrado de refuerzo encargado de continuar con la instrucción de éste caso podría ser considerado "causa de nulidad".

En declaraciones a Europa Press, Miguel Durán ha precisado que una vez finalizada la permanencia de Ruz en comisión de servicio en el Juzgado Central de Instrucción número 5, el juez ya no sería "el predeterminado por la ley" que recoge la Constitución en su artículo 24.2.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) permitirá al instructor permanecer en el juzgado hasta concluir sus sumarios pendientes si así lo solicita, según anunció el pasado viernes el órgano de gobierno de los jueces.

Su plaza se sacará a concurso, si bien esto supone una prórroga automática hasta que tome posesión el nuevo titular, lo que se prevé el próximo marzo de 2015. Esta tarde la Comisión Permanente estudiará la convocatoria de un "macroconcurso" con 364 plazas de juez que prevé la prórroga automática de las actuales comisiones de servicio hasta la toma de posesión de los nuevos titulares, prevista para marzo de 2015.

En esa fecha, además, los magistrados en comisión de servicio que instruyan causas de especial relevancia o complejidad y que estén pendientes de pronta conclusión, como ocurre con Ruz, "podrán optar a una nueva comisión de servicio en condición de refuerzo hasta la finalización de esos procedimientos".

"Quien tiene que velar por el cumplimiento de la ley es el CGPJ y la Fiscalía", ha asegurado Durán que ha agregado que en este caso no han mostrado "la diligencia necesaria". En opinión del abogado defensor de Crespo, Ruz lleva "excedido en prórrogas desde hace dos años", en aplicación 432 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.