Dicta en Pamplona el primer fallo absolutorio en España para un hombre que se negó a realizar la prueba de alcoholemia

Actualizado: martes, 3 febrero 2009 12:18

PAMPLONA, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha dictado la primera setencia absolutoria en España para el conductor de una motocicleta que se negó a realizar las pruebas de alcoholemia, desde la reforma del código penal de 1 de diciembre de 2007. El fiscal solicitaba 9 meses de prisión y 18 meses de retirada del permiso de conducir.

El juez señala en la setencia que el acusado no se vio implicado en un accidente de tráfico ni presentaba síntomas evidentes de embriaguez, por lo que su negativa a someterse al control de alcoholemia no rebasa los límites de la sanción administrativa.

Los hechos ocurrieron sobre las 7.30 horas del 26 de abril de 2008, cuando el acusado conducía su motocicleta por la avenida del Ejército de Pamplona a velocidad "elevada", según consta en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press.

Una patrulla de la Policía Municipal lo interceptó y le sometió a una prueba de muestreo con un etilómetro portátil indiciario, que arrojó un índice de 0,57 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Trasladado a dependencias policiales, el conductor fue requerido para someterse a la prueba de detección de intoxicación por alcohol mediante etilómetro digital de precisión, con advertencia de que en caso de negarse sería acusado de un delito contra la seguridad vial.

El acusado eludió realizar la prueba correctamente - lo hizo de forma defectuosa "conscientemente"-, si bien arrojó resultados parciales de 0,62 y 0,60 mg de alcohol por litro de aire espirado, motivo por el cual fue denunciado administrativamente.

El juez señala que los agentes de la Policía Municipal no indicaron en su atestado que el acusado presentara "síntomas claros de influencia de bebidas alcohólicas" y el conductor tampoco se vio implicado en ningún accidente.

Por ello, la sentencia señala que es de aplicación la doctrina establecida por el Tribunal Supremio, que contempla que la negativa a someterse al control de alcoholemia "no rebasa los límites de la sanción administrativa" si el conductor no presenta síntomas claros de embriaguez o no se ha visto implicado en un siniestro.

Contra la sentencia cabe interponer recurso. La defensa del conductor ha sido llevada a cabo por el despacho de abogados de Francisco Javier Moreno-Vidal.