Economía.- El juez condena a SGR a pagar un aval de un millón de euros a Obra Valentum por incumplimiento de contrato

Actualizado: lunes, 21 julio 2008 21:04

VALENCIA, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

El titular del juzgado de primera instancia número 23 de Valencia ha condenado a la Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) de la ciudad a pagar el aval de un millón de euros a la promotora valenciana Obra Valentum, al considerar que ha habido un incumplimiento de contrato, según informaron en un comunicado fuentes de la promotora.

El magistrado ha desestimado todos los argumentos esgrimidos por parte de la Sociedad y ha estimado que SGR incumplió su contrato como avalista garante de las obligaciones contraídas por Zamir Siglo XXI con la promotora en la compraventa de unos terrenos en el municipio valenciano de Godella. Ahora, Obra Valentum está estudiando la posibilidad de abrir un nuevo procedimiento contra la condenada por daños y perjuicios.

Ante esta resolución judicial, el presidente de la promotora, Paco Roig Segarra, opina que la situación en la que queda la SGR es "muy grave", y afirmó que la sensación de "desamparo" que les transmitió una entidad como la SGR, que, recordó, "debe garantizar la tranquilidad financiera de las empresas de la Comunitat", ha sido "enorme". "Está claro que algo en el seno de la SGR funciona mal y debe cambiar", puntualizó.

Obra Valentum demandó el pasado 18 de enero a la SGR por incumplimiento, al negarse esta última a hacer efectiva la cantidad de un millón de euros con la que había avalado el posible incumplimiento de la promotora Zamir Siglo XXI SL en el contrato de compraventa de un solar sito en Godella por importe de 7.731.000 euros, según la mercantil demandante.

Por su parte, el director de Servicios Jurídicos de la SGR, Luis Villar, explicó a Europa Press que se trataba del primer aval no atendido en 25 años por considerar que estaba "condicionado y relacionado al cumplimiento de un contrato de compraventa que suscribieron Zamir y los vendedores de la parcela", y cuyas condiciones no se cumplieron.

Sin embargo, la empresa demandante argumentó que la promotora Zamir Siglo XXI no se personó a la firma de la compra del citado terreno, "justificando tal incomparecencia en una supuesta, que no real, discrepancia entre la superficie catastral y la real de la parcela", algo que, según dichas fuentes, "ya venía reflejada en el contrato privado", y además, "no es motivo de incumplimiento y, consecuentemente, de resolución contractual".

Además, criticó que la SGR "se niegue a hacer frente a la obligación de pagar un aval, con el agravante de ser este a primer requerimiento", y ello, "pese a haberse cumplido todas y cada una de las tres condiciones establecidas en el aval para proceder a su pago", como son la notificación a Zamir Siglo XXI con diez días de antelación, que se acredite la propiedad del 100% de la titularidad de la parcela, y haberse levantado acta notarial de incomparecencia de la promotora a la firma con los documentos acreditativos de pago.