Economía/Legal.- Los Albertos alegan la prescripción de Urbanor para eludir el juicio de la carta falsa

Actualizado: lunes, 14 septiembre 2009 17:28

Los socios minoritarios recuerdan que tanto el Constitucional como el Supremo reconocieron la estafa y que ahora se juzgan otros delitos

MADRID, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los abogados de Alberto Cortina y Alberto Alcocer pidieron hoy a la Audiencia Provincial de Madrid la nulidad de las actuaciones en el juicio por la presunta falsificación de una carta para incriminar a sus socios de Urbanor, alegando que en 2008 'Los Albertos' fueron absueltos por el Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Supremo (TS) del delito de estafa por la venta de los terrenos donde se ubican las Torres Kio.

Durante la primera jornada del juicio, el abogado de Alcocer, Víctor Moreno, a cuyas cuestiones previas se adhirió el letrado de Cortina, José Manuel Casanova, defendió que no existe estafa procesal porque el auto de imputación y apertura de juicio por la carta falsa fue anterior a la sentencia del TS de junio de 2008, que acogió la doctrina de prescripción adoptada por el TC en febrero de 2008 por la que se absolvió a 'los Albertos' a tres años y cuatro meses de cárcel por el 'caso Urbanor'.

"Estas sentencias modifican la base fáctica de los escritos de acusación y modifican las imputaciones", afirmó Moreno, quien matizó que 'los Albertos' "han sido absueltos", por lo que la acusación es "inaplicable". El abogado alegó además vulneración de los derechos fundamentales, de presunción de inocencia y de la legalidad penal.

'Los Albertos' están acusados de falsedad en documento privado, denuncia falsa y estafa procesal junto a sus abogados Ramón Hermosilla e Ignacio Peláez, los hermanos Javier y José María Arnáiz y la documentalista Glória Álvarez por urdir presurosamente entre el 14 de marzo y el 9 de abril de 2003 un plan para demostrar que sus socios en Urbanor conocían la existencia de dos precios, denunciarlo ante la Justicia, y conseguir la revisión de la condena ante el Tribunal Constitucional.

Por su parte, las acusaciones particulares ejercidas por el arquitecto Pedro Sentieri, su socio Pedro Alarcón, y el constructor Julio San Martín se opusieron a todas las peticiones de nulidad de las defensas y recordaron que los tribunales penales reconocieron los hechos probatorios que demostraban la estafa de Urbanor, a pesar de la absolución por prescripción.

"El relato de los hechos probados es demoledor, describe una estafa en su totalidad y en su integridad", afirmó el letrado de San Martín, Alfonso Trallero, quien acusó a 'los Albertos' de urdir el plan de la carta falsa para "condenar indebidamente a sus socios y modificar el relato de los hechos", descritos en la sentencia condenatoria dictada por el TS el 14 de marzo de 2003.

Las tres acusaciones particulares pidieron la incorporación a la causa de la sentencia dictada el pasado 1 de septiembre por el tribunal de Primera Instancia de Madrid número 3 que ratificó los hechos probados en la estafa de Urbanor y obligó a 'los Albertos' a devolver a San Martín y su familia un total de 11,8 millones de euros. Esta sentencia está recurrida.

LA CARTA FUE "FABRICADA" TRAS LA SENTENCIA DEL TS.

Las defensas de Alcocer, los Arnáiz y Álvarez pidieron al tribunal la prescripción del delito de falsedad en documento privado por haber transcurrido más de tres años desde el 2 de octubre de 2000, fecha que aparece en la presunta carta falsa.

En este sentido, la abogada de Sentieri, Marián Estrela, pidió su desestimación y recordó que la carta "no existía en octubre de 2000 si no que fue fabricada con posterioridad a la sentencia" de marzo de 2003, y que la fecha a tener en cuenta es el 9 de abril de 2003, momento en el que Álvarez denunció la aparición de la carta ante la Fiscalía.

La carta estaba firmada por Sentieri y dirigida a San Martín. En ella, el arquitecto le daba instrucciones a su socio para que ocultara al tribunal que iba a juzgar el 'caso Urbanor' que conocía la existencia de precios diferentes en la venta de los terrenos de Urbanor a la sociedad kuwaití KIO.

Por otro lado, el letrado de Hermosilla, Nicolás González-Cuéllar, acusó a la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid de "carecer de imparcialidad" en la causa por su "posición de denunciante", al motivar la denuncia contra 'los Albertos' por éste caso ante el Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, después de que estuvieran imputados los socios por falso testimonio.

El fiscal del caso, Lorenzo Bernal, que no acusa ni a 'los Albertos' ni a sus abogados, se adhirió a las peticiones formuladas por los abogados de las acusaciones particulares y defendió la imparcialidad del juez que instruyó el caso, tras esta acusación.

El tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid aceptó la petición del abogado de Alcocer, secundada por todas las defensas, de llamar a declarar al representante de KIO en la compra de Urbanor, Richard Robinson, con lo que intentan demostrar que sus socios conocían la existencia de dos precios diferentes.

El juicio continuará mañana con la resolución por parte del tribunal de las cuestiones previas planteadas hoy por acusaciones y defensas, después está previsto que comience el interrogatorio de los siete acusados, que se enfrentan a penas de entre dos y ocho años de cárcel por su participación o colaboración en los presuntos delitos.