Economía/Legal.- El fiscal reduce la petición de pena contra Alfredo Sáenz por el 'caso Olabarria'

BARCELONA, 15 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía mantuvo hoy, aunque reducida a tres años y medio de cárcel, la acusación por estafa y denuncia falsa contra el ex presidente de Banesto, Alfredo Sáenz, juzgado junto a otros directivos del banco por una supuesta denuncia falsa en 1994 contra el empresario Pedro Olabarria y sus socios por el impago de un crédito de 3,6 millones de euros (600 millones de las antiguas pesetas). El fiscal, no obstante, retiró la acusación contra uno de los directivos de Banesto.

En sus conclusiones finales, el fiscal pide ahora para Sáenz tres años y medio de cárcel y 90.000 euros de multa, e idéntica pena para otros dos imputados: el ex director de Banesto en Cataluña, Miguel Ángel Calama, y el abogado del banco, Rafael Jiménez de Parga.

Por el contrario, el fiscal retiró la acusación contra el ex consejero director general del área comercial, José Ángel Merodio Zubiarrain, para quien pedía inicialmente, igual que para los otros tres acusados, nueve años de prisión y 300.000 euros de multa. El fiscal considera que Merodio, que llegó a su cargo en mayo de 1994, no podía deshacer la decisión de interponer la querella contra Olabarria.

El abogado de uno de los querellados en 1994 y ahora denunciantes, Modesto González Mestre, también decidió retirar la acusación contra Merodio y Sáenz, y la mantuvo contra Calama y Jiménez de Parga.

Tras dos semanas de juicio en la Audiencia de Barcelona, la Fiscalía ha rebajado a un solo delito continuado de acusación y denuncia falsa su inicial acusación de cuatro delitos continuados de acusación y denuncias falsas, y ha decidido mantener la inhabilitación para la cúpula de Banesto de ocupar cargos en consejos de administración durante dos años.

El juicio ha tenido lugar quince años después de los hechos, cuando los directivos de Banesto se querellaron contra la cúpula del grupo Olabarria por estafa y alzamiento de bienes al no devolver un crédito de 600 millones de pesetas de la época (3,6 millones de euros).

Inicialmente, el caso fue instruido por el entonces juez Lluís Pascual Estevill que ordenó prisión para los cuatro socios del grupo Olabarria denunciados por Banesto: Pedro Olabarria, los hermanos Luis Fernando y José Ignacio Romero García, además de González Mestre.

Precisamente, Estevill fue condenado en 1996 por prevaricación y detención ilegal contra estos cuatro socios. Durante su declaración ante la Audiencia, Jiménez de Parga negó que hablara con el ex juez sobre la querella criminal.

Aunque en anteriores declaraciones judiciales, Estevill sostuvo que se reunió con Jiménez de Parga poco después de que Banesto interpusiera la querella, el lunes el ex magistrado negó "presiones" por parte de Banesto para instruir la querella, y aseguró que volvería a actuar igual. Estevill fue encarcelado por este caso por prevaricación.

ARGUMENTOS DE LA FISCALÍA.

Según el fiscal, los directivos de Banesto dieron luz verde a la interposición de la querella por parte de Jiménez de Parga sabiendo que los hechos y las afirmaciones en que se sustentaba eran falsos.

Los directivos de Banesto argumentaron que habían otorgado créditos al grupo Olabarria con la garantía de la solvencia y patrimonio personal de los socios.

El fiscal niega este extremo y considera que los directivos del banco siguieron con la querella porque se sintieron engañados y estafados, especialmente cuando constataron que el impago se debía a la suspensión de pagos del grupo empresarial.

Incluso Sáenz y la cúpula directiva llegaron a argumentar que los ejecutivos del grupo Olabarria habían desviado fondos al extranjero. Finalmente, en enero de 1995 se archivó la causa contra este grupo de empresarios, que entonces decidieron denunciar a los responsables de Banesto, causa que ahora ha juzgado la Audiencia de Barcelona y que queda pendiente de sentencia.