España ha acogido a 210 sirios desde el estallido del conflicto a finales de 2012

Niños en el campo de refugiados sirios de Zaatari (Jordania)
EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 1 junio 2014 11:25

MADRID, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

España ha acogido a un total de 210 ciudadanos sirios desde que se inició el conflicto en este país a finales de 2012, personas a las que se ha concedido el estatuto de asilado (a 16) o la protección subsidiaria (194), según datos hechos públicos por el Gobierno.

En respuesta a una pregunta parlamentaria de la diputada de UPyD Irene Lozano, el Ejecutivo señala que el número de ciudadanos sirios que solicitaron protección internacional en España durante el año 2013 fue de 712 y en lo que llevamos de 2014 han formalizado 97 solicitudes.

Desde que comenzó el conflicto en Siria, la Oficina de Asilo y Refugio está haciendo un "esfuerzo especial" para elevar a estudio de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) propuestas de protección internacional sobre solicitantes sirios.

En su respuesta, el Gobierno sostiene que, según establece la ley reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria, el contenido de la protección subsidiaria se equipara al del asilo, "lo que supone que el beneficiario es titular de una autorización de residencia y trabajo permanente en España durante cinco años, así como de derechos en materia de asistencia social, sanitaria y educativa".

La diferencia radical entre un estatuto y otro radica en que el asilo se concede para toda la vida, mientras que la protección subsidiaria ha de renovarse cada cinco años. Esto implica que, si las circunstancias del país en conflicto cambian, España puede denegar la renovación de la protección al solicitante.

El Ejecutivo precisa por otra parte, a petición de la diputada de UPyD, que las solicitudes de ciudadanos sirios formalizadas en Ceuta ascienden a 20. De entre ellas, en cuatro se concedió el estatuto de asilo, y en 5 la protección subsidiaria.

El resto han sido admitidas a trámite y se encuentran "pendientes de resolución", precisa el Gobierno, "de modo que se encuentra garantizado el principio de no devolución, así como los derechos a la asistencia jurídica gratuita, a ser documentado como solicitante de asilo y a recibir prestaciones sociales específicas".