Estatut.- Los consejos de justicia son "mecanismo de gobierno del Poder Judicial en las CCAA", según el Ministerio

Recurso de la fachada del Ministerio de Justicia
EP
Actualizado: jueves, 5 agosto 2010 13:15

El secretario de Estado considera que se pueden crear los consejos de Justicia porque el TC no lo prohíbe, pero reformando la LOPJ


SAN LORENZO DE EL ESCORIAL (MADRID), 5 Ago. (EUROPA PRESS) -

El secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno, ha manifestado, en declaraciones a Europa Press, considera que se pueden crear Consejos Territoriales de Justicia en las diferentes CCAA porque, en su opinión, el TC no ha dicho que "no se pueda" sino que para hacerlo es necesaria la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En su opinión, "en esta nueva era de los estatutos de autonomía" se contempla la figura de los consejos territoriales de Justicia, "como un mecanismo de gobierno del Poder Judicial en las CCAA".

La sentencia del TC sobre el Estatut dictada por el Tribunal Constitucional (TC) revocó la mayoría de atribuciones del Consejo de Justicia de Cataluña, el equivalente catalán al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que todavía no se había constituido.

Este miércoles, el vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, y el presidente de la Generalitat catalana, José Montilla, han anunciado que la comisión bilateral Estado-Generalitat se reunirá en septiembre "con la finalidad de acordar algunas iniciativas de recuperación del Estatut" algunos aspectos cercenados por el fallo del Tribunal Constitucional (TC).

PODERSE, SE PUEDE

Campo Moreno, que esta semana ha participado en el Curso de Verano 'XXV años de vigencia de la Ley Orgánica del Poder Judicial' que organiza la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en San Lorenzo de El Escorial, sostiene que "poderse, se puede perfectamente" crear consejos territoriales de justicia en las diferentes CCAA ya que, a su juicio, "el Tribunal Constitucional no ha dicho que no se pueda" sino que lo que ha sentenciado es que para ellos "será necesaria" la modificación de "la Ley Orgánica del Poder Judicial". "Esa es la lectura que nos da la sentencia del TC", ha recalcado a Europa Press.

El secretario de Estado de Justicia recordó que esta posibilidad no se da sólo en el Estatuto catalán, sino que también la han recogido otros estatutos reformados recientemente.

TAMBIÉN ESTÁ EN EL ESTATUTO ANDALUZ

Así, señaló que "es una realidad que, curiosamente, no sólo está puesto por el Estatuto de autonomía de Cataluña" sino que "que exactamente igual lo tiene el de Andalucía y, en términos muy parecidos el de Valencia y todos los estatutos que se han modificado", ya con el voto a favor del PP.

"En esta nueva era de los estatutos de autonomía se contempla esta figura como un mecanismo de gobierno del Poder Judicial en las CCAA y en los términos que se establece por la propia doctrina del TC, por cierto, no de ahora sino de hace mucho tiempo", ha argumentado el secretario de Estado de Justicia.